Reglamento (UE) 2018/1877 del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al undécimo Fondo Europeo de Desarrollo y se deroga el Reglamento (UE) 2015/323

Published date03 December 2018
Subject MatterFondo europeo di sviluppo (FES),Fondo Europeo de Desarrollo (FED),Fonds européen de développement (FED)
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 307, 3 dicembre 2018,Diario Oficial de la Unión Europea, L 307, 3 de diciembre de 2018,Journal officiel de l'Union européenne, L 307, 3 décembre 2018
L_2018307ES.01000101.xml
3.12.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 307/1

REGLAMENTO (UE) 2018/1877 DEL CONSEJO

de 26 de noviembre de 2018

por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al undécimo Fondo Europeo de Desarrollo y se deroga el Reglamento (UE) 2015/323

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo de asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra (1), en su última versión modificada (en lo sucesivo, «Acuerdo de Asociación ACP-UE»),

Visto el Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea, reunidos en el seno del Consejo, relativo a la financiación de la ayuda de la Unión Europea concedida con cargo al Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020 de conformidad con el Acuerdo de Asociación ACP-CE y a la asignación de ayuda financiera a los países y territorios de ultramar a los que se aplica la Parte Cuarta del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo interno»), y en particular su artículo 10, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Visto el dictamen del Tribunal de Cuentas (3),

Visto el dictamen del Banco Europeo de Inversiones,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2015/323 del Consejo (4) establece las normas relativas a las modalidades de ejecución financiera del 11.o Fondo Europeo de Desarrollo (en lo sucesivo, «11.o FED»). Dichas normas versan, entre otras materias, sobre: los principios aplicables; la constitución de los recursos del 11.o FED; los agentes financieros y las entidades en los que se han delegado competencias de ejecución presupuestaria; las decisiones de financiación, los compromisos y los pagos; los tipos de financiación, en particular los contratos públicos, las subvenciones, los instrumentos financieros y los fondos fiduciarios de la Unión; la rendición de cuentas y la contabilidad; el control externo por parte del Tribunal de Cuentas y la aprobación de la gestión presupuestaria por parte del Parlamento Europeo; así como el mecanismo de inversión gestionado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI).
(2) En aras de la simplificación y la coherencia, el Reglamento (UE) 2015/323 se ha adecuado, en la medida de lo posible, al Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) y al Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión (6). Dicha adecuación se ha logrado mediante referencias directas a dichos Reglamentos y ha permitido, por una parte, una fácil identificación de las particularidades de la ejecución financiera del 11.o FED y, por otra, una reducción de la diversidad de normas financieras de la Unión en el ámbito de la acción exterior, que impone una carga innecesaria a los beneficiarios, a la Comisión y a otros agentes implicados.
(3) El Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 y el Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 se han fusionado y han sido sustituidos por un único acto jurídico, el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (7), que ha introducido importantes cambios y mejoras, y que ha simplificado las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. En aras de la simplificación, el reglamento financiero aplicable al 11.o FED debe adecuarse en la mayor medida posible a dicho Reglamento. Por razones de claridad jurídica y teniendo en cuenta el gran número de modificaciones necesarias para dicha adecuación, el Reglamento (UE) 2015/323 debe ser derogado y sustituido por el presente Reglamento.
(4) Cabe recordar que el marco para la ejecución financiera del 11.o FED está constituido, además de por el presente Reglamento, por el Acuerdo de Asociación ACP-UE, en particular su anexo IV, por el Acuerdo interno, por la Decisión 2013/755/UE del Consejo (8) y por el Reglamento (UE) 2015/322 del Consejo (9).
(5) La ejecución financiera del 11.o FED debe guiarse por los principios de unidad y veracidad presupuestaria, unidad de cuenta, especialidad, buena gestión financiera y transparencia. Habida cuenta del carácter plurianual del 11.o FED, el principio presupuestario de anualidad no debe aplicarse al 11.o FED.
(6) Es necesario determinar las modalidades de pago de las contribuciones de los Estados miembros al 11.o FED, así como de las dotaciones de ayuda financiera a los países y territorios de ultramar (PTU) a los que es de aplicación la parte IV del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
(7) Las normas referentes a los agentes financieros, es decir, los ordenadores y contables, la delegación de sus tareas, así como su responsabilidad, deben adecuarse al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, ya que estos agentes actúan en el marco de la Comisión cuando ejecuta el 11.o FED conforme al presente Reglamento.
(8) Es necesario establecer las modalidades con arreglo a las cuales el ordenador delegado adopte en estrecha colaboración con el ordenador nacional, regional, intra-ACP o territorial, las medidas que se consideren necesarias para garantizar la buena ejecución de las operaciones.
(9) Las normas sobre métodos de ejecución, es decir, sobre la delegación de competencias de ejecución presupuestaria y de sus condiciones y límites, deben adecuarse al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Además, ha de incluirse una disposición sobre la delegación de tareas de ejecución presupuestaria que refleje la que figura en el Reglamento (UE) n.o 236/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (10) a fin de garantizar una ejecución coherente de la financiación de la acción exterior. No obstante, el presente Reglamento debe incluir disposiciones específicas sobre los agentes temporales que ocupan el cargo de ordenador nacional, sobre el recurso por los Estados ACP y por los PTU a un proveedor de servicios y sobre el refuerzo de la protección de los intereses financieros de la Unión en el caso de gestión indirecta con los Estados ACP y con los PTU.
(10) Cuando la Comisión ejecute el 11.o FED conforme al presente Reglamento, las disposiciones relativas a las decisiones financieras deben adecuarse a las del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
(11) Las normas sobre los compromisos deben adecuarse a las del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, con excepción de los compromisos provisionales. Además, debe ser posible prorrogar los plazos cuando ello sea necesario para las acciones que llevan a cabo los Estados ACP o los PTU en régimen de gestión indirecta.
(12) Los plazos de pago deben adaptarse a los del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Procede establecer disposiciones especiales cuando no se hayan delegado en los Estados ACP y en los PTU competencias de ejecución de los pagos en el marco de la gestión indirecta y siga siendo la Comisión, pues, quien efectúa los pagos a los beneficiarios.
(13) Diversas disposiciones de ejecución en relación con el auditor interno, la buena administración y las vías de recurso, el sistema informático, la transmisión por vía electrónica, la administración electrónica, las sanciones administrativas y financieras, y la utilización de la base de datos central en materia de exclusión, deben adecuarse a las del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Además, la protección de los intereses financieros de la Unión mediante la imposición de sanciones administrativas debe reforzarse cuando el 11.o FED se ejecute en régimen de gestión indirecta con los Estados ACP y con los PTU.
(14) Las normas sobre contratación pública, subvenciones, premios y expertos deben adecuarse a las del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Las normas relativas a los instrumentos financieros y los fondos fiduciarios de la Unión deben adecuarse con ajustes, dada la naturaleza del 11.o FED. El apoyo presupuestario a los PTU debe tener en cuenta los vínculos institucionales con los Estados miembros de que se trate.
(15) Las normas relativas a la rendición de cuentas y la contabilidad y al control externo y la aprobación de la gestión presupuestaria deben reflejar las del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046.
(16) Conviene prever las condiciones en las que el Tribunal de Cuentas debe ejercer sus competencias respecto del 11.o FED.
(17) Conviene prever las condiciones en las que el BEI debe ejercer sus competencias respecto del 11.o FED.
(18) Las disposiciones sobre el control del Tribunal de Cuentas de los recursos del 11.o FED gestionados por el BEI deben atenerse al Acuerdo tripartito, celebrado entre el Tribunal de Cuentas, el BEI y la Comisión, conforme al artículo 287, apartado 3, del TFUE.
(19) Las disposiciones transitorias deben establecer las normas sobre el tratamiento de los saldos e ingresos de los Fondos Europeos de Desarrollo octavo, noveno y décimo (en lo sucesivo, «FED anteriores»), así como la aplicación del presente Reglamento a operaciones residuales en el marco de dichos FED.
(20) En la interpretación de las disposiciones del presente Reglamento se buscará garantizar la coherencia con el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, a menos que dicha interpretación sea incompatible con las particularidades del 11.o FED con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo de Asociación ACP-UE, el Acuerdo interno, la Decisión 2013/755/UE o el Reglamento (UE) 2015/322.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

PRIMERA PARTE

DISPOSICIONES PRINCIPALES

TÍTULO I

Objeto, ámbito de aplicación y disposiciones generales

Artículo 1

Objeto

El presente Reglamento establece las normas relativas a la ejecución financiera de los recursos del 11.o FED, así como a la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT