Decisión de Ejecución (UE) 2020/209 de la Comisión de 14 de febrero de 2020 relativa a determinadas medidas de protección por lo que respecta a la peste porcina africana en Grecia [notificada con el número C(2020) 962] (El texto en lengua griega es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE)

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

17.2.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 43/74

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (1), y en particular su artículo 9, apartado 4,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios dentro de la Unión de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y en particular su artículo 10, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) La peste porcina africana es una enfermedad vírica infecciosa que afecta a poblaciones de cerdos domésticos y salvajes, y puede incidir gravemente en la rentabilidad de la ganadería porcina, perturbando el comercio en el interior de la Unión y las exportaciones a terceros países.

(2) En caso de brote de peste porcina africana, existe el riesgo de que el agente patógeno se propague a otras explotaciones porcinas y a los cerdos salvajes. En consecuencia, puede propagarse de un Estado miembro a otro, así como a terceros países, a través del comercio de cerdos vivos o de sus productos.

(3) La Directiva 2002/60/CE del Consejo (3) establece las medidas mínimas que deben aplicarse en la Unión para combatir la peste porcina africana. El artículo 9 de la Directiva 2002/60/CE prevé el establecimiento de zonas de protección y vigilancia, en caso de brotes de la mencionada enfermedad, en las que han de aplicarse las medidas contempladas en los artículos 10 y 11 de dicha Directiva.

(4) A raíz de brotes de peste porcina africana en la unidad regional de Serres en Grecia, ese Estado miembro ha informado a la Comisión sobre la situación de la peste porcina africana en su territorio y, de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2002/60/CE, ha establecido zonas de protección y vigilancia en las que se aplican las medidas contempladas en los artículos 10 y 11 de dicha Directiva.

(5) La Decisión de Ejecución (UE) 2020/181 de la Comisión (4) se adoptó tras el establecimiento de las zonas de protección y de vigilancia en Grecia, de conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2002/60/CE.

(6) Desde la fecha de adopción de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/181, la situación epidemiológica en Grecia no ha evolucionado con respecto a la peste porcina...

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