Decisión (UE) 2019/1810 del Consejo Europeo tomada de acuerdo con el Reino Unido de 29 de octubre de 2019 por la que se prorroga el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE

SectionSerie L
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

30.10.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea LI 278/1

EL CONSEJO EUROPEO,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 50, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo, «Euratom»), de conformidad con el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, que se aplica a Euratom en virtud del artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del TUE, la Unión Europea negoció con el Reino Unido un acuerdo que establece la forma de su retirada, teniendo en cuenta el marco de sus relaciones futuras con la Unión.

(3) El 25 de noviembre de 2018, el Consejo Europeo refrendó el proyecto de Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo, «Acuerdo de Retirada») y aprobó la Declaración política en la que se expone el marco de las relaciones futuras entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en lo sucesivo, «Declaración política»). El 11 de enero de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (UE) 2019/274 (1) relativa a la firma del Acuerdo de Retirada (2).

(4) Con arreglo al artículo 50, apartado 3, del TUE, los Tratados deben dejar de aplicarse al Estado que se retira a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Retirada o, en su defecto, a los dos años de la notificación, salvo si el Consejo Europeo, de acuerdo con dicho Estado, decide por unanimidad prorrogar dicho plazo.

(5) Mediante la Decisión (UE) 2019/476 (3), el Consejo Europeo, de acuerdo con el Reino Unido, decidió en un principio prorrogar el plazo previsto en el artículo 50, apartado 3, del TUE hasta el 12 de abril de 2019. Ese plazo se prorrogó posteriormente hasta el 31 de octubre de 2019 en virtud de la Decisión (UE) 2019/584 del Consejo Europeo tomada de acuerdo con el Reino Unido (4).

(6) Como fruto de las negociaciones entre los negociadores de la Unión y del Reino Unido durante los meses de septiembre y octubre de 2019, se alcanzó un acuerdo sobre un texto revisado del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte incluido en el Acuerdo de Retirada y sobre las necesarias adaptaciones técnicas de los artículos 184 y 185 del citado Acuerdo, así como sobre...

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