Reglamento (CE) nº 1688/2003 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2003, por el que se derogan determinados Reglamentos de los sectores del lúpulo, el tabaco, el vino y la carne de ovino y caprino

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1688/2003 DE LA COMISIÓN de 25 de septiembre de 2003 por el que se derogan determinados Reglamentos de los sectores del lúpulo, el tabaco, el vino y la carne de ovino y caprino LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo del la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1696/71 del Consejo, de 26 de julio de 1971, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del lúpulo (1), cuya última modificación la constituyeel Reglamento (CE) no 1514/2001 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 17,

Visto el Reglamento (CEE) no 879/73 del Consejo, de 26 de marzo de 1973, relativo a la concesión y al reembolso de las ayudas concedidas por los Estados miembros a las agrupaciones reconocidas de productores en el sector del lúpulo (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2254/77 (4), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 5,

Visto el Reglamento (CEE) no 2075/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 806/2003 (6),

y en particular su artículo 7,

Visto el Reglamento(CE) no 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (7), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 806/2003, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 7y el apartado 1 de su artículo 46,

Visto el Reglamento (CE) no 2529/2001 del Consejo, de 19 de diciembre de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de ovino y caprino (8), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 8 y el apartado 5 de su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) Algunos Reglamentos de la Comisión de los sectores del lúpulo, el tabaco, el vino y la carne de ovino no se aplican ya, bien porque en la legislación básicase han producido modificaciones incompatibles con su aplicación, bien porque sus disposiciones han sido incorporadas a otros actos, o porque los hechos que justificaban la adopción de dichos Reglamentos ya se han verificado,

o debido a los cambios experimentados por los mercados concernidos o por las condiciones imperantes en los mismos.

(2) Por razones de claridad y seguridad jurídicas, es procedente derogar dichos Reglamentos.

(3) Las medidas previstas en el presente...

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