Reglamento (CE) nº 1532/2007 del Consejo, de 17 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 3491/90 relativo a las importaciones de arroz originario de Bangladesh

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

REGLAMENTO (CE) No 1532/2007 DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3491/90 relativo a las importaciones de arroz originario de Bangladesh EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 1 del Reglamento (CEE) no 3491/90 del Consejo (1) fija las reducciones de las exacciones reguladoras aplicables a las importaciones de arroz originario de ese país. Esas reducciones correspondían, por un lado, a importes fijados en ecus y, por otra, al importe del elemento de protección de la industria previsto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (CEE) no 1418/76 del Consejo, de 21 de junio de 1976, por el que se establece la organización común de mercados del arroz (2).

(2) Desde que se adoptó ese dispositivo, los reglamentos horizontales aplicables en ese ámbito han sufrido numerosas modificaciones sin que se haya modificado el Reglamento (CEE) no 3491/90. Los elementos de cálculo, establecidos en el artículo 1 de ese Reglamento, de los derechos aplicables a las importaciones deben aplicarse teniendo en cuenta tales reglamentos horizontales, lo que podría dar lugar a interpretaciones divergentes.

(3) Más concretamente, las exacciones reguladoras variables por importación fueron convertidas en derechos de aduana a partir del 1 de julio de 1995, a raíz de la adopción del Reglamento (CE) no 3290/94 del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativo a las adaptaciones y las medidas transitorias necesarias en el sector agrícola para la aplicación de los acuerdos celebrados en el marco de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay (3).

(4) A partir del 1 de julio de 2006 se suprimió la noción de 'importe de protección de la industria' en virtud del Reglamento (CE) no 797/2006 del Consejo, de 22 de mayo de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1785/2003 en lo que atañe al régimen de importación de arroz (4).

(5) El mecanismo de switch-over, introducido en el sistema agromonetario comunitario en 1984 con el fin de evitar que los tipos de cambio agrícolas evolucionaran en las mismas condiciones que los tipos monetarios, fue abolido el 1 de febrero de 1995 por el Reglamento (CE) no 150/95 del Consejo, de 23 de enero de 1995, que modifica el Reglamento (CEE) no 3813/92 relativo a la unidad de cuenta y a los tipos...

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