Introducción

AuthorÁngela Figueruelo Burrieza
Pages83-87

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La Unión Europea se funda sobre las tres Comunidades Europeas existentes que mantienen su carácter rector del proceso de integración. En su estadio actual de evolución se completa por "las políticas y formas de cooperación establecidas" en el Tratado de la Unión Europea de 7 de febrero de 1992, en vigor desde el 1 de noviembre de 1993. Esa referencia alude a los ámbitos en los que se da la cooperación intergubernamental: la política exterior y de seguridad común entre la Unión y sus Estados miembros, y la cooperación policial y judicial entre los Estados miembros. Ambas políticas conducen a los objetivos de la Unión, pero no utilizan instrumentos de integración, sino de cooperación intergubernamental, estando al margen del sistema jurídico propio de las Comunidades aunque participan parcialmente del sistema institucional.

Como la Unión Europea no posee claramente personalidad jurídica internacional nos plantean problemas su identificación conceptual y su naturaleza jurídica. Es un ideal político, cuya realidad política, jurídica, económica y social se sustenta en las realizaciones conseguidas a través de las Comunidades Europeas. Se trata, pues, de una idea de síntesis que responde a una concepción común, global y coherente del proceso de integración de pueblos y de Estados. Aunque se dude de su personalidad jurídica internacional es una entidad política de vocación federal internacional. La Unión Europea como ente político es el todo: Las Comunida-Page 84des Europeas y las formas de cooperación intergubernamental (PESC y la cooperación judicial y policial) son las partes o los pilares sobre los que se sustenta el proceso en su conjunto, denominado "Unión Europea".

La indefinición jurídica y política del modelo pone de relieve que la construcción europea sigue abierta. Todavía es la Unión Europea un amplio campo para la experimentación política y jurídica en torno a la intensificación de las relaciones de solidaridad y a la integración entre los pueblos y los Estados (A. MANGAS, 2002).

Teniendo en cuenta esa indefinición y la apertura del proceso no puede extrañar que el Consejo Europeo de Laeken en sus Conclusiones llenase de trabajo la agenda de la Convención encargada del debate sobre el futuro de la Unión Europea con una interminable lista de interrogantes que abren la discusión a una nueva reforma institucional y material casi inabarcable. Se pretende discutir todo: los valores, los principios, los derechos de los ciudadanos...

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