Decisión del Comité Mixto del EEE nº 113/2011, de 21 de octubre de 2011, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

L 341/74 Diario Oficial de la Unión Europea 22.12.2011

ES

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 113/2011

de 21 de octubre de 2011

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 66/2011, de 1 de julio de 2011

( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2008/74/CE de la Comisión, de 18 de julio de 2008, por la que se modifican, por lo que respecta a la homologación de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos, la Directiva 2005/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2005/78/CE

( 2 ).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/1/CE de la Comisión, de 7 de enero de 2009, por la que se modifica, para su adaptación al progreso técnico, la Directiva 2005/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la homologación de tipo de los vehículos de motor en lo que concierne a su aptitud para la reutilización, el reciclado y la valorización

( 3

).

(4) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativa a la instalación de dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa en los vehículos de motor de dos o tres

( 4

).

(5) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/78/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativa al caballete de apoyo de los vehículos de motor de dos ruedas

( 5 ).

(6) La Directiva 2009/67/CE deroga la Directiva 93/92/CEE del Consejo

( 6

), incorporada al Acuerdo, y que, por lo tanto, debe suprimirse del mismo.

(7) La Directiva 2009/78/CE deroga la Directiva 93/31/CEE del Consejo

( 7

), incorporada al Acuerdo, y que, por lo tanto, debe suprimirse del mismo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo II, el capítulo I del Acuerdo queda modificado como sigue:

  1. Se suprime el texto de los puntos 45k (...

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