91/690/CEE: Decisión del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, sobre la aprobación de la enmienda al Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, adoptada en Londres en junio de 1990 por las Partes del Protocolo          

SectionProtocolo
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 1991 sobre la aprobación de la enmienda al Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, adoptada en Londres en junio de 1990 por las Partes del Protocolo (91/690/CEE)

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 130 S,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que se ha comprobado que, de mantenerse el nivel actual de emisiones de sustancias que agotan la capa de ozono, ésta puede sufrir graves daños; que exite un consenso internacional sobre la necesidad de reducir considerablemente tanto la producción como el consumo de dichas sustancias; que las Decisiones 80/372/CEE (4) y 82/795/CEE (5) fijan controles de efecto limitado y únicamente hacen referencia a dos de dichas sustancias (CFC 11 y CFC 12);

Considerando que la Comunidad, junto con todos sus Estados miembros, ha firmado el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, denominado en lo sucesivo «Convenio de Viena»;

Considerando que un Protocolo complementario al Convenio de Viena, el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, denominado en lo sucesivo «Protocolo de Montreal», fue negociado y adoptado el 16 de septiembre de 1987 y que este Protocolo ha sido firmado por la Comunidad y por todos sus Estados miembros;

Considerando que, habida cuenta de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y de comercio, la Comunidad aprobó, por la Decisión 88/540/CEE (6), el Convenio de Viena y el Protocolo de Montreal;

Considerando que las investigaciones científicas más recientes demuestran que para una adecuada protección de la capa de ozono se requiere un control de los clorofluorocarbonos y halones mayor que el establecido en el Protocolo de Montreal; que estas mismas investigaciones indican que también deben establecerse controles de todos los demás clorofluorocarbonos totalmente halogenados, del tetracloruro de carbono y del 1,1,1-tricloroetano;

Considerando que en junio de 1990, en Londres, fueron aprobadas una enmienda y una modificación del Protocolo de Montreal en las que se establecían estos controles; que sólo ha de aprobarse la enmienda;

Considerando que es necesario, en aras de la protección, fomento y mejora...

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