Reglamento (CE) nº 1264/97 de la Comisión de 1 de julio de 1997 por el que se establece el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector de la carne de vacuno a las islas Canarias y se fijan los importes de las ayudas para dichos productos          

SectionReglamento
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Este texto ya no está en vigor

REGLAMENTO (CE) N° 1264/97 DE LA COMISIÓN de 1 de julio de 1997 por el que se establece el plan de previsiones de abastecimiento de productos del sector de la carne de vacuno a las islas Canarias y se fijan los importes de las ayudas para dichos productos

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las islas Canarias relativas a determinados productos agrario (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2348/96 (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3 y el apartado 4 de su artículo 4,

Considerando que, en aplicación del Reglamento (CEE) n° 1601/92, procede determinar para el sector de la carne de vacuno y para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998 las cantidades de los planes de abastecimiento específico de carne de vacuno, y reproductores de raza pura para las islas Canarias;

Considerando que en el Reglamento (CE) n° 1328/96 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CE) n° 1008/97 (4), quedaron fijadas las cantidades del plan de previsiones de abastecimiento de estos productos para el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997; que, para seguir satisfaciendo la demanda de productos del sector de la carne de vacuno, es necesario fijar las cantidades correspondientes para el período comprendido entre el 1 de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998;

Considerando que las ayudas para los productos incluidos en el plan de previsiones de abastecimiento y procedentes del mercado de la Comunidad han sido fijadas por el Reglamento (CE) n° 442/96 de la Comisión (5);

Considerando que la aplicación de los criterios para la fijación de la ayuda comunitaria a la situación actual de los mercados en el sector afectado, y, en particular, a los tipos o los precios de dichos productos en la parte europea de la Comunidad y en el mercado mundial conduce a fijar la ayuda para el abastecimiento de las islas Canarias, relativa a los productos del sector de la carne de vacuno, en los importes recogidos en los Anexos;

Considerando que, en virtud del Reglamento (CEE) n° 1601/92, el régimen de abastecimiento es aplicable a partir del 1 de julio; que por lo tanto, procede establecer la...

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