Propuesta de archivo de la denuncia CHAP 2010/2398
Section | Information |
Issuing Organization | Comisión Europea |
ES Diario Oficial de la Unión Europea 23.11.2010
Propuesta de archivo de la denuncia CHAP 2010/2398
(2010/C 318/04)
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La Comisión Europea recibió y registró, con el CHAP 2010/2398 una denuncia múltiple relativa a la falta de retribución de médicos en curso de especialización médica en Italia, así como a la retribución que se abonó a las personas en formación de médico especialista desde 1991-1992 hasta el año académico 2006-2007.
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Habida cuenta del número considerable de denuncias recibidas por sus servicios a este respecto, la Comisión Europea, deseosa de dar una respuesta rápida y mantener informados a los interesados, a la vez que de ahorrar medios administrativos, publica la propuesta de archivar este asunto en el Diario Oficial de la Unión Europea, así como a través de Internet en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/ community_law/complaints/multiple_complaints/index_fr.htm
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Se trata de saber si la legislación italiana se ajusta al acervo comunitario en cuanto al artículo 25, apartado 3, de la Directiva 2005/36/CE (que recoge las disposiciones del Anexo I de la Directiva 93/16/CEE destinada a facilitar la libre circulación de los médicos y el reconocimiento mutuo de sus diplomas, certificados y otros títulos, derogada y sustituida por la Directiva 2005/36/CE), según la cual los puestos de formación de médico especialista deben ser objeto de una retribución apropiada.
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Los servicios de la Comisión terminaron la investigación sobre la denuncia CHAP 2010/2398 relativa a la retribución de los médicos en curso de especialización en Italia durante el período comprendido entre 1982 y 1991, así como durante el período comprendido entre 1991 y 2007.
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Tras haber examinado la denuncia y la documentación transmitida por los autores de las denuncias y a la vista del Derecho Comunitario aplicable en la materia, los servicios de la Comisión han concluido que, hasta la fecha, no han podido detectarse infracciones a la Directiva 93/16/CEE o a la Directiva 2005/36/CE en el caso que nos ocupa.
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La Directiva 93/16/CEE prevé efectivamente que los médicos que siguen una formación especializada perciban durante su formación una retribución apropiada. Esta obligación deriva específicamente de la Directiva 82/76/CEE, que modificó la Directiva 75/363/CEE, codificadas ambas por la Directiva 93/16/CEE, a su vez derogada y sustituida por la Directiva 2005/36/CE.
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El plazo de incorporación de la Directiva 82/76/CEE terminaba el 1 de enero de 1983...
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