Decisión del Comité Mixto del EEE nº 154/2007, de 7 de diciembre de 2007, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

SectionDecision
Issuing OrganizationComité Mixto

DECISI”N DEL COMIT… MIXTO DEL EEE no 154/2007 de 7 de diciembre de 2007 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones tÈcnicas, normas, ensayos y certificaciÛn) del Acuerdo EEE EL COMIT… MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, en la redacciÛn dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio EconÛmico Europeo, en lo sucesivo denominado 'el Acuerdo', y, en particular, su artÌculo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Acuerdo fue modificado por la DecisiÛn del ComitÈ Mixto del EEE no 139/2007, de 26 de octubre de 2007 (1).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/28/CE de la ComisiÛn, de 25 de mayo de 2007, que modifica determinados anexos de las Directivas 86/363/CEE y 90/642/CEE del Consejo por lo que respecta a los contenidos m·ximos de residuos de azoxistrobina, clorfenapir, folpet, iprodiona, lambdacihalotrina, hidracida maleica, metalaxilo-M y trifloxistrobina (2).

(3) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2007/29/CE de la ComisiÛn, de 30 de mayo de 2007, por la que se modifica la Directiva 96/8/CE relativa a los alimentos destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energÈtico para reducciÛn de peso (3).

(4) La presente DecisiÛn no es aplicable a Liechtenstein.

DECIDE:

ArtÌculo 1

En el anexo II del Acuerdo, el capÌtulo XII queda modificado como sigue:

1) En el punto 39 (Directiva 86/363/CEE del Consejo) y en el punto 54 (Directiva 90/642/CEE del Consejo), se aÒade el siguiente guiÛn:

'-- 32007 L 0028: Directiva 2007/28/CE de la ComisiÛn, de 25 de mayo de 2007 (DO L 135 de 26.5.2007, p. 6).'.

2) En el punto 54p (Directiva 96/8/CE de la ComisiÛn), se aÒade el siguiente texto:

', modificada por:

-- 32007 L 0029: Directiva 2007/29/CE de la ComisiÛn, de 30 de mayo de 2007 (DO L 139 de 31.5.2007, p. 22).'

ArtÌculo 2

Los textos de las Directivas 2007/28/CE y 2007/29/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicar·n en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la UniÛn Europea, son autÈnticos.

(1) DO L 100 de 10.4.2008, p. 64.

(2) DO L 135 de 26.5.2007, p. 6.

(3) DO L 139 de 31.5.2007, p. 22.

8.5.2008 ES Diario Oficial de la UniÛn Europea L 124/15

ArtÌculo 3

La presente DecisiÛn entrar· en vigor el 8 de diciembre de 2007, siempre que se hayan transmitido al ComitÈ Mixto del EEE todas las notificaciones...

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