Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2299 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, relativo a la autorización de un preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M como aditivo en piensos para cerdos de engorde, especies porcinas menores (destetadas y de engorde), pollos de engorde, especies menores de aves de corral de engorde y especies menores de aves de corral ponedoras y a la autorización del uso de dicho aditivo en el agua de beber, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2036/2005, (CE) n.o 1200/2005 y el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 413/2013 (titular de la autorización: Danstar Ferment AG, representado por Lallemand SAS)

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

13.12.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 329/33

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) En el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 se establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 del mencionado Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) El preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M fue autorizado sin límite de tiempo, de conformidad con la Directiva 70/524/CEE, como aditivo en los piensos para pollos de engorde mediante el Reglamento (CE) n.o 1200/2005 de la Comisión (3) y como aditivo en los piensos para cerdos de engorde mediante el Reglamento (CE) n.o 2036/2005 de la Comisión (4). Posteriormente, este preparado se inscribió en el Registro de Aditivos para Alimentación Animal como producto existente, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. El uso de dicho preparado en el agua potable destinada a lechones destetados, cerdos de engorde, gallinas ponedoras y pollos de engorde fue autorizado mediante el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 413/2013 de la Comisión (5).

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para el reexamen del preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M como aditivo en los piensos para pollos de engorde y cerdos de engorde y, de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento, para autorizar su uso en la alimentación de especies porcinas menores destetadas y de engorde, así como de especies menores de aves de engorde y ponedoras, y su uso en el agua de beber, en la que se pedía la clasificación de dicho aditivo en la categoría de «aditivos zootécnicos». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(4) En su dictamen de 20 de abril de 2016 (6), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de Pediococcus acidilactici CNCM MA 18/5M no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. Asimismo, la Autoridad concluyó que el uso del preparado en los piensos y el agua de beber puede mejorar el rendimiento zootécnico de los cerdos de engorde y los pollos de engorde. Estimó, además, que, dado que se presupone que el mecanismo de acción del aditivo es el mismo, el preparado también puede mejorar el...

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