Reglamento de Ejecución (UE) 2018/657 de la Comisión, de 25 de abril de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en lo que respecta a la fecha de entrada en almacén de la leche desnatada en polvo vendida mediante un procedimiento de licitación

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

28.4.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea LI 108/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (2), y en particular su artículo 28,

Considerando lo siguiente:

(1) A fin de establecer las cantidades de leche desnatada en polvo incluidas en el procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión (3), el artículo 1 de dicho Reglamento establece la fecha antes de la cual la leche desnatada en polvo tiene que haber entrado en almacén público.

(2) En vista de la situación actual del mercado de la leche y de los productos lácteos en términos de recuperación de los precios y del alto nivel de existencias de intervención, es conveniente que se ponga disposición para su venta un volumen adicional de leche desnatada en polvo mediante la modificación de la fecha de entrada en almacén.

(3) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en consecuencia.

(4) Con el fin de poner la leche desnatada en polvo a disposición para su venta sin demora, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

En el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080, se sustituye la fecha de «1 de abril de 2016» por la de «1 de mayo de 2016».

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario...

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