Reglamento de Ejecución (UE) 2020/147 de la Comisión de 3 de febrero de 2020 relativo a la autorización del preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 como aditivo para la alimentación de lechones destetados, cerdas (para que puedan beneficiarse los lechones lactantes) y vacas lecheras, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2148/2004, (CE) n.o 1288/2004 y (CE) n.o 1811/2005 (titular de la autorización: S.I. Lesaffre)

Enforcement date:February 24, 2020
SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

4.2.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 31/7

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.

(2) El artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003 contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(3) De conformidad con la Directiva 70/524/CEE, el preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 (antiguo Saccharomyces cerevisiae NCYC Sc 47) se autorizó sin límite de tiempo como aditivo para la alimentación de lechones destetados mediante el Reglamento (CE) n.o 2148/2004 de la Comisión (3), para la alimentación de cerdas mediante el Reglamento (CE) n.o 1288/2004 de la Comisión (4), y para la alimentación de vacas lecheras mediante el Reglamento (CE) n.o 1811/2005 de la Comisión (5). Posteriormente, este preparado se inscribió como producto existente en el Registro de aditivos para alimentación animal, de conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(4) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, se presentó una solicitud para el reexamen del preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 (antiguo Saccharomyces cerevisiae NCYC Sc 47) como aditivo para la alimentación de lechones destetados, cerdas y vacas lecheras. El solicitante pidió que dicho aditivo se clasificase en la categoría de «aditivos zootécnicos». Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003.

(5) En su dictamen de 22 de enero de 2019 (6), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de Saccharomyces cerevisiae CNCM I-4407 no tiene ningún efecto adverso para la salud animal, la salud humana o el medio ambiente. La Autoridad consideró que el aditivo tiene la capacidad de mejorar los parámetros de rendimiento en los lechones destetados y en las cerdas, para que puedan beneficiarse los lechones lactantes. También...

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