Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2017, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2016) y la política de la Unión Europea al respecto (2017/2122(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

11.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 369/56

El Parlamento Europeo,

— Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados e instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos,

— Visto el Convenio Europeo de Derechos Humanos,

— Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979 (1),

— Vistas las Recomendaciones generales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer n.o 12, 19 y 35 sobre la violencia contra la mujer, n.o 26 sobre las trabajadoras migratorias y n.o 32 sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiada, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres,

— Vista la Resolución 69/167 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU), aprobada el 18 de diciembre de 2014 (2), sobre la protección y la promoción de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los migrantes, independientemente de su estatus migratorio;

— Vista la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, de 18 de diciembre de 1990 (3),

— Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325, 1820, 1888, 1889, 1960, 2106, 2122 y 2242 sobre la mujer, la paz y la seguridad,

— Vista la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, su Protocolo de 1967 (4) y los Convenios de la OIT n.o 43 y 97,

— Vistos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos (5),

— Vista la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, aprobada por la AGNU el 19 de septiembre de 2016 (6),

— Vistos los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, cuyo objetivo es garantizar la paz y la prosperidad de los pueblos y del planeta (7),

— Visto el Convenio de Estambul sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, de 12 de abril de 2011, que la Unión Europea firmó el 13 de junio de 2017 (8),

— Vistas las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, adoptadas en 1976 y revisadas en 2011 (9),

— Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 2, 3, 8, 21 y 23 del Tratado de la Unión Europea (TUE),

— Visto el artículo 207 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vistos el Marco estratégico y el Plan de acción de la UE sobre derechos humanos y democracia, adoptados por el Consejo el 25 de junio de 2012 (10),

— Visto el Plan de Acción para los derechos humanos y la democracia (2015-2019), adoptado por el Consejo el 20 de julio de 2015 (11),

— Visto el documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad titulado «EU Action Plan on Human Rights and Democracy (2015-2019): Mid-Term Review June 2017» (Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia (2015-2019): Revisión intermedia de junio de 2017. (SWD(2017)0254),

— Visto el documento de trabajo conjunto de los servicios de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad titulado «Gender Equality and Women’s Empowerment: Transforming the Lives of Girls and Women through EU External Relations 2016-2020» (La igualdad de género y la capacitación de las mujeres: transformar la vida de niñas y mujeres a través de las relaciones exteriores de la UE (2016-2020)), adoptado en 2015 (SWD(2015)0182),

— Vista la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, presentada por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, el 28 de junio de 2016, (12) así como el primer informe sobre su aplicación, titulado «From Shared Vision to Common Action: Implementing the EU Global Strategy» (De una visión compartida a la acción común: aplicación de la Estrategia Global de la UE), publicado en 2017 (13),

— Vista la Decisión 2011/168/PESC del Consejo, de 21 de marzo de 2011, relativa a la Corte Penal Internacional y por la que se deroga la Posición Común 2003/444/PESC (14),

— Vista la Agenda Europea de Migración, de 13 de mayo de 2015 (COM(2015)0240), y la Comunicación de la Comisión de 7 de junio de 2016, sobre la creación de un nuevo Marco de Asociación con terceros países en el contexto de la Agenda Europea de Migración (COM(2016)0385),

— Vistas las Directrices de la UE para la promoción y protección de los derechos del menor, adoptadas en 2007 y revisadas en 2017 (15),

— Vista la declaración conjunta del Consejo Europeo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea sobre el nuevo Consenso Europeo en materia de Desarrollo: nuestro Mundo, nuestra Dignidad, nuestro Futuro, adoptada el 7 de junio de 2017 (16),

— Vistas las Directrices de la UE sobre derechos humanos relativas a la libertad de expresión en Internet y fuera de Internet, adoptadas en 2014 (17),

— Vista la protección de la libertad de expresión en internet y fuera de internet que ofrecen el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistas las Directrices de la UE sobre promoción y protección de la libertad de religión o creencias, adoptadas en 2013 (18),

— Vista la protección internacional de la libertad de religión o creencias que ofrecen el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, de 1981, el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 10 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistas las Conclusiones del Consejo sobre la intolerancia, la discriminación y la violencia basadas en la religión y las creencias, adoptadas el 21 de febrero de 2011 (19),

— Vistas las Directrices de la UE sobre la pena de muerte, adoptadas en 2013 (20),

— Vistas las Directrices de la UE sobre la política de la UE frente a terceros países en relación con la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptadas en 2001 y revisadas en 2012 (21),

— Visto el Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (22), así como el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos,

— Vistas las Directrices de la Unión para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI), adoptadas en 2013 (23),

— Vistas las Directrices de la UE sobre los diálogos sobre derechos humanos con terceros países, adoptadas en 2001 y revisadas en 2009 (24),

— Vistas las Directrices de la UE para fomentar la observancia del Derecho internacional humanitario, adoptadas en 2005 y revisadas en 2009 (25),

— Vistas las Directrices de la UE sobre la violencia contra las mujeres y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas, adoptadas en 2008 (26),

— Vistas las Directrices de la UE sobre los niños y los conflictos armados, adoptadas en 2003 y revisadas en 2008 (27),

— Visto el Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo (28),

— Vistas las Directrices de la UE sobre defensores de los derechos humanos, adoptadas en 2005 y revisadas en 2008 (29),

— Visto el Informe anual de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2015) (30),

— Vista su Resolución, de 13 de septiembre de 2017, sobre las exportaciones de armas: aplicación de la Posición Común 2008/944/PESC, (31)

— Vistas su Resolución, de 14 de diciembre de 2016, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015) (32), y sus anteriores Resoluciones sobre ese tema,

— Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2016, sobre derechos humanos y migración en terceros países (33),

— Vista su Resolución, de 25 de octubre de 2016, sobre la responsabilidad de las empresas por violaciones graves de los derechos humanos en terceros países (34),

— Vista su Resolución, de 5 de julio de 2016, sobre la lucha contra la trata de seres humanos en las relaciones exteriores de la Unión (35),

— Vista su Resolución, de 21 de enero de 2016, sobre las prioridades de la UE para los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2016 (36),

— Vista su Resolución, de 25 de febrero de 2016, sobre la situación humanitaria en Yemen (37), que pide a la VP/AR que ponga en marcha una iniciativa destinada a imponer un embargo de la UE a la venta de armas a Arabia Saudí,

— Vistas sus Resoluciones sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho,

— Visto su Premio Sájarov a la libertad de conciencia, que en 2016 se concedió a Nadia Murad y Lamiya Hayi Bashar,

— Vistos su Resolución, de 10 de octubre de 2013, sobre discriminación por razón de casta (38), el informe de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre...

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