Reglamento (UE) nº 858/2010 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2010, que modifica el Reglamento (CE) nº 951/2006 en lo que respecta a las exportaciones al margen de cuota y a los certificados de exportación

Enforcement date:October 01, 2010
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

29.9.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 254/29

ES

REGLAMENTO (UE) N o 858/2010 DE LA COMISIÓN

de 28 de septiembre de 2010

que modifica el Reglamento (CE) n o 951/2006 en lo que respecta a las exportaciones al margen de cuota y a los certificados de exportación

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ), y, en particular, su artículo 134 y su artículo 161, apartado 3, leídos en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 951/2006 de la Comisión, de 30 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 318/2006 del Consejo en lo que respecta a los intercambios comerciales con terceros países en el sector del azúcar

( 2

), establece disposiciones de aplicación para las exportaciones al margen de cuota en el sector del azúcar.

(2) En el artículo 4 quater del Reglamento (CE) n o 951/2006 se establecen los documentos que deben presentarse como pruebas de la llegada a destino en los casos en que determinados destinos estén excluidos de las exportaciones de azúcar y/o isoglucosa al margen de cuota. No obstante, los riesgos de posibles fraudes comerciales son bastante limitados cuando la cantidad de azúcar es pequeña. A fin de simplificar la carga administrativa, conviene autorizar una excepción a esta norma para las cantidades que no excedan de 25 toneladas.

(3) El artículo 7 quater del Reglamento (CE) n o 951/2006 establece las disposiciones relativas a la comunicación sobre exportaciones al margen de cuota. Con objeto de mejorar la gestión del régimen de exportación al margen de cuota es necesario precisar que la comunicación de los Estados miembros sobre las cantidades solicitadas debe desglosarse también por solicitantes.

(4) Para la campaña de comercialización 2010/11, el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (UE) n o 397/2010 de la Comisión, de 7 de mayo de 2010, por el que se fija hasta el final de la campaña de comercialización 2010/11 el límite cuantitativo de las exportaciones de azúcar e isoglucosa fuera de cuota

( 3 ), fija el límite cuantitativo en 650 000 toneladas para el azúcar blanco del código

NC 1701 99, es decir, para el...

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