Reglamento de Ejecución (UE) nº 406/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, que modifica, con respecto a la sustancia prednisolona, el anexo del Reglamento (UE) nº 37/2010 relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal

Enforcement date:May 23, 2013
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 121/42 Diario Oficial de la Unión Europea 3.5.2013

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 406/2013 DE LA COMISIÓN

de 2 de mayo de 2013

que modifica, con respecto a la sustancia prednisolona, el anexo del Reglamento (UE) n o 37/2010

relativo a las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los límites máximos de residuos en los productos alimenticios de origen animal

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 470/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la fijación de los límites de residuos de las sustancias farmacológicamente activas en los alimentos de origen animal, se deroga el Reglamento (CEE) n o 2377/90 del Consejo y se modifican la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo

( 1

), y, en particular, su artículo 14 leído en relación con su artículo 17,

Visto el dictamen de la Agencia Europea de Medicamentos, formulado por el Comité de Medicamentos de Uso Veterinario,

Considerando lo siguiente:

(1) El límite máximo de residuos (LMR) de sustancias farmacológicamente activas que se utilizan en la Unión en medicamentos veterinarios para animales destinados a la producción de alimentos o en biocidas empleados en la cría de animales debe establecerse de conformidad con el Reglamento (CE) n o 470/2009.

(2) Las sustancias farmacológicamente activas y su clasificación por lo que se refiere a los LMR en los productos alimenticios de origen animal figuran en el anexo del Reglamento (UE) n o 37/2010 de la Comisión

( 2 ).

(3) La prednisolona figura actualmente en el cuadro 1 del anexo del Reglamento (UE) n o 37/2010 como sustancia autorizada en el músculo, la grasa, el hígado, los riñones y la leche de los bovinos.

(4) Se ha presentado a la Agencia Europea de Medicamentos una solicitud para ampliar a los équidos la entrada actual de la prednisolona.

(5) El Comité de Medicamentos de Uso Veterinario ha recomendado establecer un LMR para la prednisolona aplicable al músculo, la grasa, el hígado y los riñones de los équidos.

(6) La entrada de la prednisolona en el cuadro 1 del anexo del Reglamento (UE) n o 37/2010 debe modificarse en consecuencia a fin de incluir el LMR correspondiente a los équidos.

(7) Procede fijar un...

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