Reglamento de Ejecución (UE) nº 1379/2011 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2011, que modifica los Reglamentos (CE) nº 382/2008, (UE) nº 1178/2010 y (UE) nº 90/2011 en lo que atañe a los códigos NC y los códigos de productos de la nomenclatura de productos agrícolas para las restituciones por exportación correspondientes a los sectores de la carne de vacuno, los huevos y la carne de aves de corral

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 343/20 Diario Oficial de la Unión Europea 23.12.2011

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1379/2011 DE LA COMISIÓN

de 20 de diciembre de 2011

que modifica los Reglamentos (CE) n o 382/2008, (UE) n o 1178/2010 y (UE) n o 90/2011 en lo que atañe a los códigos NC y los códigos de productos de la nomenclatura de productos agrícolas para las restituciones por exportación correspondientes a los sectores de la carne de vacuno, los huevos y la carne de aves de corral

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ), y, en particular, su artículo 134, su artículo 161, apartado 3, su artículo 170 y su artículo 192, apartado 2, leídos en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) Los Reglamentos (CE) n o 382/2008

( 2

), (UE) n o

1178/2010

( 3 ) y (UE) n o 90/2011

( 4 ) de la Comisión establecen disposiciones de aplicación del régimen de certificados de exportación en relación con las restituciones por exportación en los sectores de la carne de vacuno, los huevos y la carne de aves de corral, respectivamente. Estos Reglamentos hacen referencia a códigos NC y códigos de productos de la nomenclatura de productos agrícolas para las restituciones por exportación con el fin de indicar los productos que están sujetos, o no, a la presentación de un certificado de exportación cuando se haya solicitado una restitución.

(2) El anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

( 5 ), ha sido modificado por el Reglamento (UE) n o 1006/2011 de la Comisión

( 6 ).

(3) El Reglamento (CEE) n o 3846/87 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1987, por el que se establece la nomenclatura de los productos agrícolas para las restituciones a la exportación

( 7 ), ha sido modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1334/2011

( 8

).

(4) Por consiguiente, procede adaptar los códigos NC y los códigos de productos utilizados en los Reglamentos (CE) n o 382/2008, (UE) n o 1178/2010 y (UE) n o 90/2011 a los utilizados en el anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87, modificado por el Reglamento (UE) n o 1006/2011, y en el Reglamento (CEE) n o 3846/87, modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1334/2011.

(5) El Reglamento (CE) n o 382/2008 también utiliza códigos NC en el marco de los certificados de importación. Por razones de coherencia, procede modificar también esos códigos.

(6) Procede, por tanto, modificar los Reglamentos (CE) n o 382/2008, (UE) n o 1178/2010 y (UE) n o 90/2011 en consecuencia.

(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Gestión de la Organización Común de Mercados Agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) n o 382/2008 se modifica como sigue:

1) En el artículo 2, apartado 2, «códigos NC 0102 90 05 a 0102 90 49» se...

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