87/258/EEC: Commission Decision of 28 April 1987 on the list of establishments in Canada approved for the purpose of importing fresh meat into the Community

Published date09 May 1987
Subject MatterVeterinary legislation,Agriculture and Fisheries
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 121, 9 May 1987
EUR-Lex - 31987D0258 - ES

87/258/CEE: Decisión de la Comisión de 28 de abril de 1987 relativa a la lista de establecimientos de Canadá autorizadas a efectos de importación de carnes frescas en la Comunidad

Diario Oficial n° L 121 de 09/05/1987 p. 0050 - 0052


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DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 28 de abril de 1987

relativa a la lista de establecimientos de Canadá autorizadas a efectos de importación de carnes frescas en la Comunidad

(87/258/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 87/64/CEE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18,

Considerando que, para poder estar autorizados a exportar carnes frescas a la Comunidad, los establecimientos situados en terceros países deben responder a las condiciones generales y particulares establecidas por la Directiva 72/462/CEE;

Considerando que Canadá ha transmitido, conforme al apartado 3 del artículo 4 de la Directiva 72/462/CEE, una lista de establecimientos autorizados para exportar a la Comunidad Económica Europea;

Considerando que, en una primera inspección, ningún establecimiento había sido considerado satisfactorio y que la Decisión 86/269/CEE de la Comisión (3), modificada en último lugar por la Decisión 87/256/CEE (4), prohibió, a nivel comunitario, a los Estados miembros la importación de carnes frescas procedentes de establicimientos de Canadá, aunque se reservaba a los Estados miembros, con arreglo a su legislación nacional, la posibilidad de no interrumpir los intercambios comerciales que pudieran existir con los establecimientos propuestos por las autoridades de Canadá durante un período de siete meses;

Considerando que, tras una nueva inspección de los establecimientos, el régimen transitorio ha sido prorrogado hasta el 29 de abril de 1987, en virtud de la Decisión 87/134/CEE de la Comisión (5), para que coincida con la entrada en vigor de la regulación comunitaria modificada; que la fecha límite para la introducción de carne procedente de dichos establecimientos en el territorio de la Comunidad es el 22 de...

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