90/200/EEC: Commission Decision of 9 April 1990 concerning additional requirements for some tissues and organs with respect to Bovine Spongiform Encephalopathy (BSE)
Published date | 25 April 1990 |
Subject Matter | Agriculture and Fisheries,Veterinary legislation |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 105, 25 April 1990 |
DECISION DE LA COMISION de 9 de abril de 1990 por la que se establecen requisitos suplementarios para determinados tejidos y organos en relacion con la encefalopatia espongiforme bovina (90/200/CEE)
Diario Oficial n° L 105 de 25/04/1990 p. 0024 - 0025
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 32 p. 0135
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 32 p. 0135
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DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 9 de abril de 1990
por la que se establecen requisitos suplementarios para determinados tejidos y órganos en relación con la encefalopatía espongiforme bovina
(90/200/CEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 64/433/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios de carne fresca (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 89/662/CEE (2), y, en particular, su artículo 13,
Vista la Directiva 72/461/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios comunitarios de carnes frescas (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 89/662/CEE, y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8,
Considerando que, de conformidad con el artículo 13 de la Directiva 64/433/CEE, y con arreglo al procedimiento a que se refiere el artículo 16, podrán establecerse requisitos suplementarios que se ajusten a la situación específica de los Estados miembros en relación con determinadas enfermedades que puedan poner en peligro la salud humana;
Considerando que, de conformidad con el apartado 3 del artículo 8 de la Directiva 72/461/CEE, y con arreglo al procedimiento a que se refiere el artículo 9, podrá decidirse la modificación de las medidas adoptadas por los Estados miembros cuando exista peligro de propagación de enfermedades de los animales debido a la introducción en su territorio de carne fresca procedente de otro Estado miembro, principalmente para garantizar su coordinación con las adoptadas por otros Estados miembros, o la supresión de las mismas;
Considerando que se han registrado varios casos de encefalopatía espongiforme bovina en el ganado del Reino Unido; que, con el fin de prevenir cualquier riesgo para el ganado bovino de los otros Estados miembros, la Comisión adoptó la Decisión 89/469/CEE, de 28 de julio de 1989, por la que se...
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