93/671/EC: Commission Decision of 10 December 1993 amending for the second time Decision 93/566/EC concerning certain protection measures relating to classical swine fever in Germany and replacing Decision 93/539/EEC

Published date11 December 1993
Subject MatterVeterinary legislation,Agriculture and Fisheries
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 306, 11 December 1993
EUR-Lex - 31993D0671 - ES 31993D0671

93/671/CE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 10 de diciembre de 1993 que modifica por segunda vez la Decisión 93/566/CE por la que se establecen medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania y se sustituye la Decisión 93/539/CEE

Diario Oficial n° L 306 de 11/12/1993 p. 0059 - 0060


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 10 de diciembre de 1993 que modifica por segunda vez la Decisión 93/566/CE por la que se establecen medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania y se sustituye la Decisión 93/539/CEE (93/671/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios comunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 10,

Considerando que, como resultado de los brotes de peste porcina clásica aparecidos en diferentes zonas de Alemania, la Comisión adoptó la Decisión 93/566/CE, de 4 de noviembre de 1993, por la que se establecen medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania y se sustituye la Decisión 93/539/CEE (3), modificada por la Decisión 93/621/CE (4);

Considerando que los cerdos criados en explotaciones que se hallen en las zonas sometidas a medidas especiales de protección (93/566/CE) sólo pueden ser sacrificados en mataderos que estén situados en dichas zonas;

Considerando que, al carecer esas zonas de la capacidad suficiente para realizar todos los sacrificios, es necesario trasladar a los cerdos a mataderos situados fuera de las zonas de restricción;

Considerando que las disposiciones de la Decisión 96/566/CE permiten el transporte de carne de porcino fresca desde las zonas sometidas a medidas especiales de protección a centros de enlatado de carne que estén situados fuera de ellas, para que se le aplique un tratamiento térmico determinado;

Considerando que, ante la necesidad de tener que aplicar otros tratamientos distintos del establecido, es necesario modificar las disposiciones adoptadas en la Decisión 93/566/CE;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité...

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