Asunto T-120/12: Recurso interpuesto el 9 de marzo de 2012 — Shahid Beheshti University/Consejo

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 9.6.2012

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos, basados en:

- Por un lado, una infracción de los artículos 64, 65 et 65 bis del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, de los artículos 1 y 3 de su anexo XI, de los principios de cooperación leal y de coherencia, que se desprenden del artículo 4 TUE, apartado 3, así como de los principios de confianza legítima y de la obligación derivada del adagio patere legem quam ipse fecisti.

Por otro lado, una infracción de la Decisión del Consejo de 23 de junio de 1981 por la que se establece un procedimiento de concertación tripartita, al no asegurar que los puntos de vista del personal y de las autoridades administrativas fueran efectivamente conocidos por los representantes de los Estados miembros antes de adoptar la Decisión impugnada.

Recurso interpuesto el 9 de marzo de 2012 - Shahid Beheshti University/Consejo

(Asunto T-120/12)

(2012/C 165/38)

Lengua de procedimiento: francés

Shahid Beheshti University (Teherán, Irán) (representante: J.-M. Thouvenin, avocat)

Consejo de la Unión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Anule la Decisión 2011/299/PESC del Consejo, de 23 de mayo de 2011, en la medida en que afecta a la demandante.

- Declare, con arreglo al artículo 277 TFUE, la inaplicabilidad a la demandante de la Decisión 2010/413/PESC, de 26 de julio de 2010.

- Anule el Reglamento de Ejecución (UE) n o 503/2011 del Consejo, de 23 de mayo de 2011, por el que se ejecuta el Reglamento (UE) n o 961/2010, en la medida en que afecta a la demandante.

- Declare, con arreglo al artículo 277 TFUE, la inaplicabilidad a la demandante del Reglamento (UE) n o 961/2010.

- Anule la Decisión 2011/783/PESC del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, en la medida en que afecta a la demandante.

- Anule el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1245/2011 del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, en la medida en que afecta a la demandante.

- Anule la decisión contenida en el escrito dirigido por el Consejo a la demandante el 5 de diciembre de 2011.

- Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca siete motivos:

1) En su primer motivo, la demandante alega la inexistencia de base jurídica de la Decisión 2010/413/PESC, que entiende que constituye la base jurídica de la Decisión 2011/299/PESC, y alega la violación de los tratados y...

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