Commission Regulation (EC) No 2385/2002 of 30 December 2002 continuing and amending prior Community surveillance of imports of certain iron and steel products originating in certain third countries

Published date31 December 2002
Subject MatterCommercial policy,Steel industry
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 358, 31 December 2002
EUR-Lex - 32002R2385 - ES

Reglamento (CE) n° 2385/2002 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2002, por el que se prolonga y modifica la vigilancia comunitaria previa de las importaciones de algunos productos siderúrgicos originarios de determinados terceros países

Diario Oficial n° L 358 de 31/12/2002 p. 0125 - 0127


Reglamento (CE) no 2385/2002 de la Comisión

de 30 de diciembre de 2002

por el que se prolonga y modifica la vigilancia comunitaria previa de las importaciones de algunos productos siderúrgicos originarios de determinados terceros países

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 3285/94 del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, sobre el régimen común aplicable a las importaciones y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 518/94(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2474/2000(2), y, en particular, su artículo 11,

Visto el Reglamento (CE) n° 519/94 del Consejo, de 7 de marzo de 1994, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de determinados países terceros y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nos 1765/82, 1766/82 y 3420/83(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1138/98(4), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9,

Previa consulta al Comité consultivo,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el Reglamento (CE) n° 76/2002(5), la Comisión instituyó una vigilancia comunitaria previa de las importaciones de determinados productos siderúrgicos originarios de determinados terceros países. Este Reglamento fue modificado por el Reglamento (CE) n° 1337/2002 de la Comisión(6), con el fin de ampliar el alcance de la vigilancia.

(2) El 6 de marzo de 2002 algunos Estados miembros comunicaron a la Comisión que la evolución de las importaciones de determinados productos siderúrgicos parecía requerir medidas de salvaguardia. Presentaron información que contenía las pruebas disponibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (CE) n° 3285/94 y con el artículo 8 del Reglamento (CE) n° 519/94 y solicitaron a la Comisión que impusiera medidas provisionales de salvaguardia y que abriera una investigación de salvaguardia.

(3) El 20 de marzo de 2002, Estados Unidos de América impuso medidas definitivas de salvaguardia contra la importación de una gama amplia de productos siderúrgicos. Estas medidas...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT