Commission Regulation (EC) No 305/2004 of 20 February 2004 opening an invitation to tender for the allocation of A3 export licences for fruit and vegetables (tomatoes, oranges, lemons and apples)

Published date21 February 2004
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 52, 21 February 2004
EUR-Lex - 32004R0305 - ES 32004R0305

Reglamento (CE) n° 305/2004 de la Comisión, de 20 de febrero de 2004, por el que se abre una licitación para la atribución de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, naranjas, limones y manzanas)

Diario Oficial n° L 052 de 21/02/2004 p. 0003 - 0004


Reglamento (CE) no 305/2004 de la Comisión

de 20 de febrero de 2004

por el que se abre una licitación para la atribución de certificados de exportación del sistema A3 en el sector de las frutas y hortalizas (tomates, naranjas, limones y manzanas)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 47/2003 de la Comisión(2), y, en particular, el párrafo tercero del apartado 3 de su artículo 35,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 1961/2001 de la Comisión(3), modificado por el Reglamento (CE) n° 1176/2002(4), establece las disposiciones de aplicación de las restituciones por exportación en el sector de las frutas y hortalizas.

(2) En virtud del apartado 1 del artículo 35 del Reglamento (CE) n° 2200/96 y, en la medida necesaria para permitir una exportación económicamente importante, los productos exportados por la Comunidad pueden ser objeto de restituciones por exportación, dentro de los límites resultantes de los acuerdos celebrados de conformidad con el artículo 300 del Tratado.

(3) De acuerdo con el apartado 2 del artículo 35 del Reglamento (CE) n° 2200/96, es preciso impedir la perturbación de las corrientes de intercambios comerciales previamente creadas por el régimen de restituciones. Por ese motivo, así como por el carácter estacional de las exportaciones de frutas y hortalizas, procede fijar las cantidades previstas para cada producto, sobre la base de la nomenclatura de los productos agrícolas para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión(5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2180/2003(6). Esas cantidades deben repartirse teniendo en cuenta el carácter más o menos perecedero de los productos.

(4) En virtud del apartado 4 del artículo 35 del Reglamento (CE) n°...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT