Commission Regulation (EC) No 937/2003 of 28 May 2003 amending Regulations (EC) No 668/2001, (EC) No 1500/2001, (EC) No 953/2002, (EC) No 968/2002, (EC) No 1081/2002 and (EC) No 2177/2002 opening standing invitations to tender for cereals held by certain intervention agencies
Published date | 29 May 2003 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Union, L 133, 29 May 2003 |
Reglamento (CE) n° 937/2003 de la Comisión, de 28 de mayo de 2003, que modifica los Reglamentos (CE) n° 668/2001, (CE) n° 1500/2001, (CE) n° 953/2002, (CE) n° 968/2002, (CE) n° 1081/2002 y (CE) n° 2177/2002 relativos a la apertura de licitaciones permanentes en el sector de los cereales en poder de determinados organismos de intervención
Diario Oficial n° L 133 de 29/05/2003 p. 0051 - 0052
Reglamento (CE) no 937/2003 de la Comisión
de 28 de mayo de 2003
que modifica los Reglamentos (CE) n° 668/2001, (CE) n° 1500/2001, (CE) n° 953/2002, (CE) n° 968/2002, (CE) n° 1081/2002 y (CE) n° 2177/2002 relativos a la apertura de licitaciones permanentes en el sector de los cereales en poder de determinados organismos de intervención
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1666/2000(2), y, en particular, su artículo 5,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n° 2131/93 de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1630/2000(4), establece los procedimientos y condiciones de la puesta en venta de cereales en poder de los organismos de intervención.
(2) Vista la situación del mercado, es necesario proseguir las licitaciones previstas por los Reglamentos (CE) n° 668/2001 de la Comisión(5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 103/2003(6), (CE) n° 1500/2001 de la Comisión(7), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1714/2002(8), (CE) n° 953/2002 de la Comisión(9), modificado por el Reglamento (CE) n° 410/2003(10), (CE) n° 968/2002 de la Comisión(11), modificado por el Reglamento (CE) n° 106/2003(12), (CE) n° 1081/2002 de la Comisión(13), modificado por el Reglamento (CE) n° 105/2003(14) y (CE) n° 2177/2002 de la Comisión(15) y, por consiguiente, fijar, en una fecha ulterior, la última adjudicación parcial prevista por estos Reglamentos.
(3) Conviene asimismo limitar las exportaciones hacia terceros países y, en particular, excluir aquellos países que van a adherirse próximamente a la Unión Europea.
(4) Por consiguiente, conviene modificar los Reglamentos (CE) n° 668/2001, (CE) n° 1500/2001, (CE) n°...
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