Commission Regulation (EEC) No 579/90 of 7 March 1990 laying down detailed rules for the special measures for certain processed oil products in Spain
Published date | 08 March 1990 |
Subject Matter | Agriculture and Fisheries,Accession,Oils and fats |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 59, 8 March 1990 |
REGLAMENTO (CEE) No 579/90 DE LA COMISION de 7 de marzo de 1990 por el que se establecen disposiciones de aplicacion de las medidas especiales para determinados productos transformados a base de aceite en Espana
Diario Oficial n° L 059 de 08/03/1990 p. 0026 - 0028
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REGLAMENTO (CEE) No 579/90 DE LA COMISIÓN
de 7 de marzo de 1990
por el que se establecen disposiciones de aplicación de las medidas especiales para determinados productos transformados a base de aceite en España
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal,
Visto el Reglamento (CEE) no 2112/87 del Consejo, de 13 de julio de 1987, por el que se adoptan medidas especiales para determinados productos transformados a base de aceite en España (1), modificado por el Reglamento (CEE) no 199/90 (2) y, en particular, su artículo 2,
Considerando que en el Reglamento (CEE) no 2112/87 prevé que el importe de la cotización contemplada en el artículo 14 del Reglamento (CEE) no 1183/86 de la Comisión, de 21 de abril de 1986, por el que se establecen las modalidades del régimen de control de los precios y de las cantidades despachadas al consumo en España de determinados productos del sector de las materias grasas (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 578/90 (4), y que se percibe en España con ocasión de la compra de aceites destinados a industrias alimenticias, puede reembolsarse a las empresas usuarias que lo soliciten;
Considerando que, para garantizar el destino del aceite que se beneficie de dicho reembolso, es conveniente regular la autorización de los establecimientos usuarios y precisar las disposiciones relativas al reembolso;
Considerando que, en el caso de la industria de la mayonesa, y para determinar la cantidad de aceite que puede optar al reembolso, es conveniente fijar sobre una base global el contenido en aceite de los productos contemplados en el artículo 1 del Reglamento (CEE) no 2112/87;
Considerando que, en aras de una mayor claridad jurídica, es conveniente refundir en un nuevo texto las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2112/87 y derogar el Reglamento (CEE) no 2722/87 de la Comisión, de 10 de septiembre de 1987, por el que se establecen las normas para la aplicación de las medidas especiales relativas a...
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