Commission Regulation (EEC) No 3298/91 of 12 November 1991 amending Regulation (EEC) No 3201/90 laying down the detailed rules for the description and presentation of wines and grape musts

Published date13 November 1991
Subject MatterWine,Agriculture and Fisheries
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 312, 13 November 1991
EUR-Lex - 31991R3298 - ES 31991R3298

Reglamento (CEE) n° 3298/91 de la Comisión de 12 de noviembre de 1991 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3201/90 sobre modalidades de aplicación para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva

Diario Oficial n° L 312 de 13/11/1991 p. 0020 - 0020
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 39 p. 0153
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 39 p. 0153


REGLAMENTO (CEE) No 3298/91 DE LA COMISIÓN de 12 de noviembre de 1991 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3201/90 sobre modalidades de aplicación para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1734/91 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 72,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 2392/89 del Consejo (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2356/91 (4), establece las normas generales para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3201/90 de la Comisión (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2384/91 (6), establece las modalidades de aplicación para la designación y presentación de los vinos y mostos de uva;

Considerando que, para poder definir los productos que pueden utilizar las botellas del tipo « Bocksbeutel » o « Cantil » en Portugal, sería conveniente aplazar dos meses la fecha límite establecida para completar el Anexo V del Reglamento (CEE) no 3201/90;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el inciso i) de la letra b) del párrafo segundo del apartado 2 del artículo 20 del Reglamento (CEE) no 3201/90, la fecha de « 31 de octubre de 1991 » se sustituye por la de « 31 de diciembre de 1991 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de noviembre de 1991. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente...

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