Decisión de Ejecución de la Comisión, de 30 de junio de 2014, relativa a la financiación del programa de trabajo de 2014 en materia de formación sobre la seguridad de la alimentación humana y animal, la zoosanidad, el bienestar de los animales y la fitosanidad en el marco del programa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria»

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationComisión Europea

2.7.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 205/4

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y, en particular, su artículo 84,

Visto el Reglamento Delegado (UE) no 1268/2012 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 94,

Visto el Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo (3), y, en particular, su artículo 12, apartado 3,

Vista la Directiva 2000/29/CE del Consejo (4), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra i),

Visto el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), y, en particular, su artículo 66, apartado 1, letras b) y c),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 882/2004 establece normas generales para la realización de controles oficiales a fin de comprobar el cumplimiento de las normas orientadas, en particular, a prevenir, eliminar o reducir a niveles aceptables los riesgos que amenazan a las personas y los animales, a garantizar prácticas equitativas en el comercio de piensos y alimentos y a proteger los intereses de los consumidores. El artículo 51 de dicho Reglamento establece que la Comisión puede organizar cursos de formación para el personal de las autoridades competentes de los Estados miembros encargado de los controles oficiales contemplados en el Reglamento, cursos a los que podrán acceder participantes de terceros países, sobre todo de los países en desarrollo. Esos cursos pueden abordar, en particular, la legislación de la Unión Europea sobre piensos y alimentos y la normativa en materia de salud animal y bienestar de los animales.

(2) En el artículo 2, apartado 1, letra i), de la Directiva 2000/29/CE se establece el instrumento jurídico para organizar cursos de fitosanidad.

(3) La Comisión creó en 2006 el programa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» para alcanzar los objetivos establecidos en el Reglamento (CE) no 882/2004. En la Comunicación de la Comisión «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» (6), de 20 de septiembre de 2006, se exploran opciones para la futura organización de actividades de formación.

(4) Con el fin de garantizar la aplicación en los Estados miembros del programa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» es necesario adoptar una decisión relativa a la financiación del programa de trabajo de 2014 en materia de formación sobre la seguridad de la alimentación humana y animal, la zoosanidad, el bienestar de los animales y la fitosanidad. El Reglamento Delegado (UE) no 1268/2012 establece normas detalladas sobre las decisiones de financiación.

(5) Mediante la Decisión de Ejecución 2013/770/UE de la Comisión (7) se creó la Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud y Alimentación (en lo sucesivo, «la Agencia»). Por esta Decisión se delegaron en la Agencia determinadas tareas de gestión y de...

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