Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC nº 320/06/COL, de 31 de octubre de 2006, por la que se modifica la lista incluida en el punto 39 de la parte 1.2 del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE en el que se enumeran los puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega autorizados para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países y por la que se deroga la Decisión 246/06/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 6 de septiembre de 2006

SectionDecision

DECISIÓN DEL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC No 320/06/COL de 31 de octubre de 2006 por la que se modifica la lista incluida en el punto 39 de la parte 1.2 del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE en el que se enumeran los puestos de inspección fronterizos de Islandia y Noruega autorizados para efectuar controles veterinarios de los animales vivos y los productos animales procedentes de terceros países y por la que se deroga la Decisión 246/06/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 6 de septiembre de 2006

EL ÓRGANO DE VIGILANCIA DE LA AELC,

VISTO el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en especial su artículo 109 y su Protocolo 1,

VISTO el Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia y, en particular, su artículo 5, apartado 2, letra b) y su Protocolo 1,

VISTOS los puntos 4(B)(1) y (3) y el punto (5)(b) de la parte introductoria del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE,

VISTO el acto al que se refiere el punto 1.1.4 del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE (Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros), modificado y adaptado al Acuerdo sobre el EEE por las adaptaciones sectoriales del Anexo I del mismo Acuerdo y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

VISTO el acto al que se refiere el punto 1.1.5 del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE (Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE), modificado y adaptado al Acuerdo sobre el EEE por las adaptaciones sectoriales del anexo I del mismo Acuerdo y, en particular, su artículo 6, apartado 4,

VISTO el acto mencionado en el punto 1.2.111 del capítulo I del anexo I del Acuerdo sobre el EEE (Decisión 2001/812/CE de la Comisión, de 21 de noviembre de 2001, por la que se fijan las condiciones de autorización de los puestos de inspección fronterizos encargados de los controles veterinarios de los productos introducidos en la Comunidad procedentes de terceros países), tal como ha sido modificado y, en especial, su artículo 3...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT