Reglamento (UE) nº 748/2013 de la Comisión, de 2 de agosto de 2013, que modifica el Reglamento (UE) nº 513/2013 por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células y obleas) originarios o procedentes de la República Popular China

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

3.8.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 209/1

ES

II

(Actos no legislativos)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (UE) N o 748/2013 DE LA COMISIÓN

de 2 de agosto de 2013

que modifica el Reglamento (UE) n o 513/2013 por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células y obleas) originarios o procedentes de la República Popular China

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea

( 1 ) («el Reglamento de base»), y, en particular, sus artículos 7, 8 y 9,

Previa consulta al Comité Consultivo,

Considerando lo siguiente:

PROCEDIMIENTO

(1) Mediante el Reglamento (UE) n o 513/2013

( 2 ), la Comisión estableció un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células y obleas) originarios o procedentes de la República Popular China («China»).

(2) Mediante la Decisión 2013/423/UE

( 3 ), la Comisión aceptó la oferta de compromiso de un grupo de productores exportadores que cooperaron junto con la Cámara de Comercio China para la Importación y Exportación de Maquinaria y Productos Electrónicos (CCCME).

(3) La aceptación del compromiso exige la realización de modificaciones técnicas del Reglamento (UE) n o 513/2013.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO

Artículo 1

El Reglamento (UE) n o 513/2013 queda modificado como sigue:

1) Se insertan un nuevo título J y un nuevo considerando 282:

J. DECLARACIÓN EN ADUANA

(282) Las estadísticas de los paneles solares y sus componentes clave se expresan frecuentemente bien en número de unidades, bien en vatios. No obstante, la nomenclatura combinada, establecida en el anexo I

del Reglamento (CEE) n o 2658/87, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (*), no contiene ninguna alusión a esta unidad suplementaria en el caso de los paneles solares y sus componentes clave. Por tanto, para las importaciones es necesario prever la introducción en la declaración de despacho a libre práctica no solo del peso en kg o toneladas, sino también el número de unidades o vatios del producto afectado. Se deben indicar las unidades en el caso de los códigos TARIC 3818 00 10 11 y 3818 00 10 19, y los vatios cuando se trate de los códigos TARIC 8541 40 90 21, 8541 40 90 29, 8541 40 90 31 y 8541 40 90 39.

___________

(*) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.

2) El cuadro del artículo 1, apartado 2, inciso ii), se sustituye por el texto siguiente:

Empresa Tipo de derecho

Código

TARIC adicional

Changzhou Trina Solar Energy Co. Ltd Trina Solar (Changzhou) Science & Technology Co. Ltd

Changzhou Youze Technology Co., Ltd

51,5 % B791

Delsolar (Wujiang) Ltd 67,9 % B792 Jiangxi LDK Solar Hi-Tech Co. Ltd

LDK Solar Hi-Tech (Nanchang) Co. Ltd

LDK Solar Hi-Tech (Suzhou) Co. Ltd

55,9 % B793

( 1 ) DO L 343 de 22.12.2009, p. 51.

( 2 ) DO L 152 de 5.6.2013, p. 5.

( 3 ) Véase la página 26 del presente Diario Oficial.

LDK Solar Hi-Tech (Hefei) Co. Ltd 55,9 % B927 JingAo Solar Co.Ltd.

Shanghai JA Solar Technology Co. Ltd.

58,7 % B794

L 209/2 Diario Oficial de la Unión Europea 3.8.2013

ES

Empresa Tipo de derecho

Código

TARIC adicional

JA Solar Technology Yangzhou Co. Ltd. Hefei JA Solar Technology Co. Ltd. Shanghai JA Solar PV Technology Co. Ltd.

Jinzhou Yangguang Energy Co. Ltd Jinzhou Huachang Photovoltaic Technology Co. Ltd

Jinzhou Jinmao Photovoltaic Technology Co. Ltd

Jinzhou Rixin Silicon Materials Co. Ltd Jinzhou Youhua Silicon Materials Co. Ltd

38,3 %

B795

48,6 %

B796

Wuxi Suntech Power Co. Ltd

Suntech Power Co. Ltd

Wuxi Sunshine Power Co. Ltd Luoyang Suntech Power Co. Ltd Zhenjiang Rietech New Energy Science Technology Co. Ltd

Zhenjiang Ren De New Energy Science Technology Co. Ltd

37,3 %

B797

Yingli Energy (China) Co. Ltd

Baoding Tianwei Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Hainan Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Hengshui Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Tianjin Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Lixian Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Baoding Jiasheng Photovoltaic Technology Co. Ltd

Beijing Tianneng Yingli New Energy Resources Co. Ltd

Yingli Energy (Beijing) Co. Ltd

Empresas enumeradas en el anexo I 47,6 %

Todas las demás empresas 67,9 % B999

3) Se añaden los artículos siguientes y el artículo 4 pasa a ser el artículo 8:

Artículo 4

Cuando se presente una declaración para despacho a libre práctica referente a importaciones de los paneles solares y componentes clave clasificados actualmente con los códigos TARIC 3818 00 10 11, 3818 00 10 19, 8541 40 90 21, 8541 40 90 29, 8541 40 90 31 y 8541 40 90 39, se inscribirán dichos códigos TARIC en el apartado pertinente de dicha declaración.

Los Estados miembros comunicarán mensualmente a la Comisión el número de unidades importadas con los códigos TARIC 3818 00 10 11 y 3818 00 10 19, y el número de vatios en el caso de los códigos 8541 40 90 21, 8541 40 90 29, 8541 40 90 31 y 8541 40 90 39, así como su origen.

Artículo 5

Cuando se presente una declaración para despacho a libre práctica referente a los productos mencionados en los artículos 1 y 4, en el apartado pertinente de dicha declaración se inscribirán el número de unidades correspondientes a los códigos TARIC 3818 00 10 11 y 3818 00 10 19, y el número de vatios correspondientes a los códigos TARIC 8541 40 90 21, 8541 40 90 29, 8541 40 90 31 y 8541 40 90 39 de los productos importados.

Artículo 6

1. Las importaciones declaradas para despacho a libre práctica de los productos clasificados actualmente con los códigos NC ex 3818 00 10 (códigos TARIC 3818 00 10 11 y 3818 00 10 19) y NC ex 8541...

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