Reglamento (CE) nº 972/2002 de la Comisión, de 6 de junio de 2002, relativo a las ofertas comunicadas para la importación de maíz en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) nº 537/2002

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 972/2002 DE LA COMISIÓN de 6 de junio de 2002 relativo a las ofertas comunicadas para la importación de maíz en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 537/2002

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1666/2000 (2 ), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 12,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 537/2002 de la Comisión (3 ), modificado por el Reglamento (CE) no 775/2002 (4 ), ha abierto una licitación de la reducción máxima del derecho de importación de maíz en Portugal.

(2) Con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 1839/ 95 de la Comisión (5 ), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2235/2000 (6 ), la Comisión, basándose en las ofertas comunicadas, puede decidir, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 23 del Reglamento (CEE) no 1766/92, que no dará curso a la licitación.

(3) Teniendo en cuenta, en particular, los criterios previstos en los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) no 1839/95, no resulta oportuno proceder a la fijación de una reducción máxima del derecho.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No se dará curso a las ofertas comunicadas del 31 de mayo al 6 de junio de 2002 en el marco de la licitación para la reducción del derecho de importación de maíz contemplada en el Reglamento (CE) no 537/2002.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 7 de junio de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 2002.

Por la Comisión Franz...

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