Reglamento de Ejecución (UE) 2018/154 de la Comisión, de 30 de enero de 2018, por el que se abre el procedimiento de licitación para las compras de intervención de leche desnatada en polvo durante el período de intervención pública comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2018

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.2.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 29/6

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (2), y en particular su artículo 3, apartado 6,

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (3), y en particular su artículo 12, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, el régimen de intervención pública de leche desnatada en polvo está disponible del 1 de marzo al 30 de septiembre.

(2) El Reglamento (UE) n.o 1370/2013 establece que la limitación cuantitativa aplicable a las compras de intervención de leche desnatada en polvo a precio fijo es de cero toneladas para el año 2018.

(3) De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1370/2013, debe abrirse por tanto un procedimiento de licitación para las compras de intervención de leche desnatada en polvo a partir del comienzo del período de intervención pública en 2018.

(4) El título II, capítulo II, sección 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 establece normas para las compras de intervención mediante procedimiento de licitación.

(5) De conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240, debe fijarse el plazo para que los Estados miembros notifiquen a la Comisión todas las licitaciones admisibles.

(6) En aras de la eficacia administrativa, los Estados miembros deben utilizar, en sus notificaciones a la Comisión, sistemas de información conformes a lo dispuesto en el Reglamento Delegado (UE) 2017/1183 de la Comisión (4) y al Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1185 de la Comisión (5).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Se...

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