Base imponible (Artículo 69 de la Ley)

AuthorEduardo Berché Moreno
ProfessionCatedrático de Derecho Financiero y Tributario, Facultad de Derecho de ESADE-URL
Pages310-311

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La base imponible estará constituida por:

  1. Para los medios de transporte nuevos, la base imponible será el valor que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determina-

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    do como base imponible a los efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de un impuesto equivalente o, a falta de ambos, por el importe total de la contraprestación satisfecha por el adquirente, determinada conforme al artículo 78 de la Ley del IVA (Ley 37/1992).

  2. Para los medios...

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