DO L 68 de 18.3.2010, p. 1

ISSN 1725-2512 doi:10.3000/17252512.L_2010.068.spa Diario Oficial de la Unión Europea L 68 European flag Edición en lengua española Legislación 53o año
18 de marzo de 2010

Sumario II Actos no legislativos Página REGLAMENTOS * Reglamento (UE) no 222/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Sedano Bianco di Sperlonga (IGP)] 1 Reglamento (UE) no 223/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas 3 Reglamento (UE) no 224/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, por el que se modifican los precios representativos y los importes de los derechos adicionales de importación de determinados productos del sector del azúcar fijados por el Reglamento (CE) no 877/2009 para la campaña 2009/10 5 Reglamento (UE) no 225/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, relativo a la expedición de certificados de importación para las solicitudes presentadas durante los siete primeros días del mes de marzo de 2010 en el marco de los contingentes arancelarios de carne de aves de corral abiertos por el Reglamento (CE) no 533/2007 7 Reglamento (UE) no 226/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, relativo a la expedición de certificados de importación para las solicitudes presentadas durante los siete primeros días del mes de marzo de 2010 en el marco de los contingentes arancelarios de determinados productos del sector de los huevos y las ovoalbúminas abiertos por el Reglamento (CE) no 539/2007 9 Reglamento (UE) no 227/2010 de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, relativo a la expedición de certificados de importación para las solicitudes presentadas durante los siete primeros días del mes de marzo de 2010 en el marco del contingente arancelario de carne de aves de corral abierto por el Reglamento (CE) no 1385/2007 11 DIRECTIVAS * Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, por la que se aplica el Acuerdo marco revisado sobre el permiso parental, celebrado por BUSINESSEUROPE, la UEAPME, el CEEP y la CES, y se deroga la Directiva 96/34/CE ( 1 ) 13 DECISIONES 2010/160/UE * Decisión de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, que modifica la Decisión 2005/176/CE, por la que se establecen la forma codificada y los códigos para la notificación de las enfermedades de los animales de conformidad con la Directiva 82/894/CEE del Consejo [notificada con el número C(2010) 1585] ( 1 ) 21 RECOMENDACIONES 2010/161/UE * Recomendación de la Comisión, de 17 de marzo de 2010, relativa a la vigilancia de las sustancias perfluoroalquiladas en los alimentos ( 1 ) 22


(1) Texto pertinente a efectos del EEE

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.

18.3.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 68/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006, la solicitud de registro de la denominación «Sedano Bianco di Sperlonga» presentada por Italia ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, procede registrar la denominación citada.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Queda registrada la denominación que figura en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2010.

(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

(2) DO C 185 de 7.8.2009, p. 13.

Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado:

Sedano Bianco di Sperlonga (IGP)

18.3.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 68/3

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2007, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) no 2200/96, (CE) no 2201/96 y (CE) no 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas (2), y, en particular, su artículo 138, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

El Reglamento (CE) no 1580/2007 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XV, parte A, de dicho Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 138 del Reglamento (CE) no 1580/2007.

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de marzo de 2010.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2010.

(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2) DO L 350 de 31.12.2007, p. 1.

(EUR/100 kg) Código NC Código país tercero (1) Valor global de importación 0702 00 00 IL 106,9 JO 58,4 MA 73,2 TN 135,7 TR 114,2 ZZ 97,7 0707 00 05 EG 219,6 JO 135,1 MK 134,1 TR 132,8 ZZ 155,4 0709 90 70 MA 192,3 TR 136,3 ZZ 164,3 0709 90 80 EG 32,4 ZZ 32,4 0805 10 20 EG 44,2 IL 54,0 MA 51,1 TN 55,1 TR 61,3 ZZ 53,1 0805 50 10 EG 76,3 IL 89,3 MA 42,8 TR 57,8 ZZ 66,6 0808 10 80 AR 93,3 BR 89,3 CA 73,7 CN 76,3 MK 24,7 US 110,2 UY 70,1 ZZ 76,8 0808 20 50 AR 84,8 CL 75,7 CN 81,6 ZA 86,9 ZZ 82,3

(1) Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 1833/2006 de la Comisión (DO L 354 de 14.12.2006, p. 19). El código «ZZ» significa «otros orígenes».

18.3.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 68/5

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 951/2006 de la Comisión, de 30 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo en lo que respecta a los intercambios comerciales con terceros países en el sector del azúcar (2), y, en particular, su artículo 36, apartado 2, párrafo segundo, segunda frase.

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 877/2009 de la Comisión (3) establece los importes de los precios representativos y de los derechos adicionales aplicables a la importación de azúcar blanco, azúcar en bruto y determinados jarabes en la campaña 2009/10. Estos precios y derechos han sido modificados un último lugar por el Reglamento (UE) no 214/2010 de la Comisión (4).

(2) Los datos de que dispone actualmente la Comisión inducen a modificar dichos importes de conformidad con las normas de aplicación establecidas en el Reglamento (CE) no 951/2006.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Los precios representativos y los derechos de importación adicionales aplicables a los productos mencionados en el artículo 36 del Reglamento (CE) no 951/2006, fijados por el Reglamento (CE) no 877/2009 para la campaña 2009/10, quedan modificados y figuran en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de marzo de 2010.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2010.

(1) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2) DO L 178 de 1.7.2006, p. 24.

(3) DO L 253 de 25.9.2009, p. 3.

(4) DO L 65 de 13.3.2010, p. 25.

(EUR) Código NC Importe del precio representativo por 100 kg netos de producto Importe del derecho adicional por 100 kg netos de producto 1701 11 10 (1) 34,24 1,01 1701 11 90 (1) 34,24 4,63 1701 12 10 (1) 34,24 0,88 1701 12 90 (1) 34,24 4,34 1701 91 00 (2) 37,99 6,24 1701 99 10 (2) 37,99 2,94 1701 99 90 (2) 37,99 2,94 1702 90 95 (3) 0,38 0,29

(1) Importe fijado para la calidad tipo que se define en el anexo IV, punto III, del Reglamento (CE) no 1234/2007.

(2) Importe fijado para la calidad tipo que se define en el anexo IV, punto II, del Reglamento (CE) no 1234/2007.

(3) Importe fijado por cada 1 % de contenido en sacarosa.

18.3.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 68/7

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT