Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de marzo de 2015, sobre los progresos en la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea en 2013 (2014/2217(INI))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

30.8.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 316/2

El Parlamento Europeo,

— Vistos el artículo 2 y el artículo 3, apartado 3, párrafo segundo, del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Visto el artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Visto el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH),

— Vista la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979,

— Visto el Convenio de las Naciones Unidas, de 1949, para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena,

— Vistos la Declaración y la Plataforma de Acción de Pekín de 15 de septiembre de 1995, aprobadas en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, y los documentos resultantes aprobados en los períodos extraordinarios de sesiones de las Naciones Unidas sobre Pekín+5 (2000), Pekín+10 (2005) y Pekín+15 (2010),

— Visto el Reglamento (UE) no 606/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil (1),

— Vista la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo (2),

— Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006, y en especial su artículo 6, relativo a las mujeres con discapacidad,

— Vista la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección (3),

— Vista la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (4),

— Vista la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo destinada a mejorar el equilibrio de género entre los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas y por la que se establecen medidas afines (Directiva sobre mujeres en los consejos de administración (COM(2012)0614)),

— Visto el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul),

— Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020) de 7 de marzo de 2011 (5),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2010, titulada «Un compromiso reforzado a favor de la igualdad entre mujeres y hombres. Una carta de la Mujer» (COM(2010)0078),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 septiembre de 2010, titulada «Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015» (COM(2010)0491),

— Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

— Visto el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Europea, de 16 de septiembre de 2013, titulado «Revisión intermedia de la Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres (2010-2015)» (SWD(2013)0339),

— Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 8 de mayo de 2013, titulado «Informe sobre los progresos en materia de igualdad entre mujeres y hombres en 2012» (SWD(2013)0171),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 25 de noviembre de 2013, titulada «Hacia la eliminación de la mutilación genital femenina» (COM(2013)0833),

— Visto el informe de 2012 del Instituto Europeo de la Igualdad de Género, titulado «Examen de la Aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing en los Estados miembros de la UE: La violencia contra la mujer — Apoyo a las Víctimas»,

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 5 y 6 de junio de 2014, sobre la prevención y la lucha contra todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la mutilación genital femenina,

— Vista su Resolución, de 6 de febrero de 2014, sobre la eliminación de la mutilación genital femenina (6),

— Vistas las Directivas de la UE posteriores a 1975 relativas a los distintos aspectos de la igualdad de trato entre hombres y mujeres (Directiva 2010/41/UE (7), Directiva 2010/18/UE (8), Directiva 2006/54/CE (9), Directiva 2004/113/CE (10), Directiva 92/85/CEE (11), Directiva 86/613/CEE (12) y Directiva 79/7/CEE (13)),

— Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2013, sobre la aplicación del principio de igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor (14),

— Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2013, sobre los efectos de la crisis económica en la igualdad entre hombres y mujeres y en los derechos de la mujer (15),

— Vista su Resolución, de 11 de junio de 2013, sobre la movilidad educativa y ocupacional de las mujeres en la UE (16),

— Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2013, sobre la eliminación de los estereotipos de género en la UE (17),

— Vista su Resolución, de 6 de febrero de 2013, sobre el 57o período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Eliminación y prevención de todas las formas de violencia hacia las mujeres y las niñas (18),

— Vista su Resolución, de 11 de septiembre de 2012, sobre las condiciones de trabajo de la mujer en el sector de los servicios (19),

— Vista su Resolución, de 24 de mayo de 2012, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la aplicación del principio de igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras para un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor (20),

— Vistas sus Resoluciones, de 10 de febrero de 2010, sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea — 2009 (21), de 8 de marzo de 2011, sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea — 2010 (22), y de 13 de marzo de 2012, sobre la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea — 2012 (23),

— Vista su Resolución, de 6 de julio de 2011, sobre las mujeres y la dirección de las empresas (24),

— Vista su Resolución, de 5 de abril de 2011, sobre las prioridades y líneas generales del nuevo marco político de la UE para combatir la violencia contra las mujeres (25),

— Vista su Resolución, de 8 de marzo de 2011, sobre la situación de la pobreza femenina en la Unión Europea (26),

— Vista su Resolución, de 17 de junio de 2010, sobre la dimensión de género de la recesión económica y la crisis financiera (27),

— Vista su Resolución, de 3 de febrero de 2009, sobre la no discriminación basada en el sexo y la solidaridad entre las generaciones (28),

— Vista su Resolución, de 26 de febrero de 2014, sobre explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género (29),

— Vista su Resolución, de 13 de octubre de 2005, sobre mujeres y pobreza en la Unión Europea (30),

— Vista su Resolución, de 25 febrero de 2014, sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (31),

— Vista la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 92/85/CEE del Consejo, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (Directiva sobre el permiso de maternidad (COM(2008)0637)),

— Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de mayo de 2014, sobre igualdad entre mujeres y hombres en el deporte,

— Vista la Directiva 2006/54/CE relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (32),

— Visto el informe de situación de la Comisión, de 3 de junio de 2013, titulado «El desarrollo de los servicios de acogida de niños de corta edad en Europa en pro de un crecimiento sostenible e integrador»,

— Visto el informe de la Comisión, de septiembre de 2014, titulado «Statistical Data on Women Entrepreneurs in Europe» (Datos estadísticos sobre las mujeres empresarias en Europa),

— Vista la encuesta de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), de marzo de 2014, titulada «Violencia contra las mujeres: una encuesta a escala de la UE», que, por primera vez, ofrece datos relativos al alcance, la naturaleza y las consecuencias de las diversas formas de violencia contra las mujeres, así como sobre la respuesta de las víctimas a los incidentes violentos y su conocimiento de sus derechos,

— Visto el artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea relativo a la salud pública y, en particular, su apartado 7, que establece que «la acción de la Unión […] respetará las responsabilidades de los Estados miembros por lo que respecta a la definición de su política de salud, así como a la organización y prestación de servicios sanitarios y atención médica»,

— Visto el artículo 52 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0015/2015),

A. Considerando que la igualdad entre mujeres y hombres es un derecho fundamental reconocido en los Tratados desde el Tratado de Roma de 1957 y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; que, si bien la Unión Europea ha adoptado muchos textos para garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, así como para combatir todas las formas de discriminación por razones de sexo, y se ha impuesto la tarea específica de integrar el principio de la igualdad de sexos en todas sus actividades, los avances siguen siendo insuficientes y aún persisten muchas desigualdades entre mujeres y hombres;

B. Considerando que el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, también por lo que respecta a la...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT