Commission Regulation (EC) No 2931/95 of 19 December 1995 amending Regulations (EEC) No 804/68, (EEC) No 2730/75, (EEC) No 776/78, (EEC) No 570/88, (EEC) No 584/92, (EEC) No 2219/92, (EC) No 2883/94, (EC) No 1466/95, (EC) No 1598/95, (EC) No 1600/95 and (EC) No 1713/95 as a result of the amendment of the combined nomenclature for certain milk products

Coming into Force01 January 1996
End of Effective Date08 November 2011
Celex Number31995R2931
ELIhttp://data.europa.eu/eli/reg/1995/2931/oj
Published date20 December 1995
Date19 December 1995
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 307, 20 December 1995
EUR-Lex - 31995R2931 - ES 31995R2931

Reglamento (CE) nº 2931/95 de la Comisión, de 19 de diciembre de 1995, por el que se modifican los Reglamentos (CEE) ns 804/68, 2730/75, 776/78, 570/88, 584/92, 2219/92, (CE) ns 2883/94, 1466/95, 1598/95, 1600/95 y 1713/95, a raíz de la modificación de la nomenclatura combinada para determinados productos lácteos

Diario Oficial n° L 307 de 20/12/1995 p. 0010 - 0017


REGLAMENTO (CE) N° 2931/95 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 1995 por el que se modifican los Reglamentos (CEE) nos 804/68, 2730/75, 776/78, 570/88, 584/92, 2219/92, (CE) nos 2883/94, 1466/95, 1598/95, 1600/95 y 1713/95, a raíz de la modificación de la nomenclatura combinada para determinados productos lácteos

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 234/79 del Consejo, de 5 de febrero de 1979, relativo al procedimiento de adaptación de la nomenclatura del Arancel Aduanero Común utilizado para los productos agrícolas (1), modificado por el Reglamento (CEE) n° 3209/89 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,

Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1538/95 (4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 13, el apartado 4 de su artículo 15, los apartados 1 y 4 de su artículo 16 y el apartado 14 de su artículo 17,

Visto el Reglamento (CEE) n° 518/92 del Consejo, de 27 de febrero de 1992, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entra la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Polonia, por otra (5), modificado por el Reglamento (CEE) n° 2233/93 (6), y, en particular, su artículo 1,

Visto el Reglamento (CEE) n° 519/92 del Consejo, de 27 de febrero de 1992, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entra la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y Hungría, por otra (7), modificado por el Reglamento (CEE) n° 2234/93 (8), y, en particular, su artículo 1,

Visto el Reglamento (CEE) n° 520/92 del Consejo, de 27 de febrero de 1992, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo interino sobre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República Federal Checa y Eslovaca, por otra (9), modificado por el Reglamento (CEE) n° 2235/93 (10), y, en particular, su artículo 1,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (11), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2537/95 de la Comisión (12), y, en particular, su artículo 10 y el apartado 6 de su artículo 24,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las islas Canarias relativas a determinados productos agrarios (13), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2537/95, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3,

Visto el Reglamento (CE) n° 1275/95 del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativo a determinados procedimientos de aplicación del Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Estonia, por otra (14),

Visto el Reglamento (CE) n° 1276/95 del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativo a determinados procedimientos de aplicación del Acuerdo sobre libre comercio y medidas de acompañamiento entre la Comunidad Europea, la Comunidad Europea de la Energía Atómica y la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, por una parte, y la República de Letonia, por otra (15),

Visto el Reglamento (CE) n° 1277/95 del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativo a...

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