Reglamento de Ejecución (UE) 2019/530 de la Comisión, de 27 de marzo de 2019, por el que se designan laboratorios de referencia de la Unión Europea, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los insectos y los ácaros, los nematodos, las bacterias, los hongos y los oomicetos, y los virus, los viroides y los fitoplasmas

Published date29 March 2019
Subject MatterLegislazione fitosanitaria,Legislación fitosanitaria,Législation phytosanitaire
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell'Unione europea, L 88, 29 marzo 2019,Diario Oficial de la Unión Europea, L 88, 29 de marzo de 2019,Journal officiel de l'Union européenne, L 88, 29 mars 2019
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29.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 88/19

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/530 DE LA COMISIÓN

de 27 de marzo de 2019

por el que se designan laboratorios de referencia de la Unión Europea, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los insectos y los ácaros, los nematodos, las bacterias, los hongos y los oomicetos, y los virus, los viroides y los fitoplasmas

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles oficiales y otras actividades oficiales realizadas para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (1), y en particular su artículo 93, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento Delegado (UE) 2018/631 de la Comisión (2) estableció laboratorios de referencia de la Unión Europea (en lo sucesivo, «LR-UE») para las siguientes categorías de plagas de los vegetales: insectos y ácaros, nematodos, bacterias, hongos y oomicetos, y virus, viroides y fitoplasmas.
(2) Tras su establecimiento, la Comisión llevó a cabo un proceso de selección pública para la designación de LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los insectos y los ácaros, los nematodos, las bacterias, los hongos y los oomicetos, y los virus, los viroides y los fitoplasmas.
(3) El consorcio dirigido por la French Agency for Food, Environmental and Occupational Health and Safety (ANSES), que también incluye a la Austrian Agency for Health and Food Safety (AGES), solicitó participar en el proceso de selección para su designación como LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los insectos y los ácaros.
(4) El consorcio dirigido por la French Agency for Food, Environmental and Occupational Health and Safety (ANSES), que también incluye al Flanders Research Institute for Agriculture, Fisheries and Food (ILVO, Bélgica), solicitó participar en el proceso de selección para su designación como LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los nematodos.
(5) El consorcio dirigido por la Netherlands Food and Consumer Product Safety Authority-National Reference Centre Plant Health (NVWA-NRC), que también incluye al Flanders Research Institute for Agriculture, Fisheries and Food (ILVO, Bélgica), al Research Centre for Plant Protection and Certification [CREA-DC (DIALAB), Italia], y al National Institute of Biology (NIB, Eslovenia), solicitó participar en el proceso de selección para su designación como LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para las bacterias.
(6) La French Agency for Food, Environmental and Occupational Health and Safety (ANSES) solicitó participar en el proceso de selección para su designación como LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los hongos y los oomicetos.
(7) El consorcio dirigido por la Netherlands Food and Consumer Product Safety Authority-National Reference Centre Plant Health (NVWA-NRC), que también incluye al Research Centre for Plant Protection and Certification [CREA-DC (DIALAB), Italia], y al National Institute of Biology (NIB, Eslovenia), solicitó participar en el proceso de selección para su designación como LR-UE, en lo que respecta a las plagas de los vegetales, para los virus, los viroides y los fitoplasmas.
(8) El comité de evaluación y selección nombrado para el proceso de
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