Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza que modifica el anexo 11 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas

SectionAcuerdo

L 352/24 Diario Oficial de la Unión Europea 31.12.2008

ACUERDO

entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza que modifica el anexo 11 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas

LA COMUNIDAD EUROPEA, denominada en lo sucesivo «la Comunidad», y

LA CONFEDERACIÓN SUIZA, denominada en lo sucesivo «Suiza», denominadas en lo sucesivo «las Partes»,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, de 21 de junio de 1999, sobre el comercio de productos agrícolas, denominado en lo sucesivo «el Acuerdo», entró en vigor el 1 de junio de 2002.

(2) El anexo 11 del Acuerdo se refiere a las medidas sanitarias y zootécnicas aplicables al comercio de animales vivos y productos de origen animal, denominado en lo sucesivo «el anexo 11».

(3) Suiza se ha comprometido a incorporar a su legislación las disposiciones del Reglamento (CE) nº 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, y se modifica la Directiva 92/65/CEE del Consejo

(1). Las Partes, por consiguiente, deben modificar el Acuerdo para tener en cuenta la extensión de su ámbito de aplicación a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial.

(4) Suiza se ha comprometido a incorporar a su legislación las disposiciones de los actos siguientes: la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE

(2); la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países

(3); la Directiva 2002/99/CE, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano

(4), y el Reglamento (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales

(5), así como cualquier otra disposición adoptada para su aplicación en el ámbito del control de las importaciones procedentes de terceros países en la Unión Europea, por lo que las Partes deben adaptar las disposiciones del Acuerdo.

(5) Las modificaciones y adaptaciones derivadas de la evolución de los diversos actos legislativos rebasan las facultades atribuidas al Comité Mixto Veterinario, por lo que es necesario actualizar y modificar el anexo 11 del Acuerdo.

(1) DO L 146 de 13.6.2003, p. 1.

(2) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.

(3) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.

(4) DO L 18 de 23.1.2003, p. 11.

(5) DO L 165 de 30.4.2004, p. 1.

31.12.2008 Diario Oficial de la Unión...

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