Decisión (PESC) 2018/1788 del Consejo, de 19 de noviembre de 2018, de apoyo al Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC) para la aplicación de la hoja de ruta regional en la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

20.11.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 293/11

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 16 de diciembre de 2005, el Consejo Europeo adoptó la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras y de sus municiones (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE para las APAL»), ulteriormente revisada en 2018, que establece directrices para la actuación de la Unión en materia de armas pequeñas y ligeras (APAL). En la Estrategia de la UE para las APAL se señala que la Unión apoyará con carácter prioritario aquellas iniciativas regionales de lucha contra el tráfico ilícito de APAL y de sus municiones, prestando para ello apoyo financiero y técnico a las organizaciones regionales y nacionales encargadas de la aplicación de los instrumentos regionales pertinentes. En la Estrategia de la UE para las APAL se menciona a los Balcanes como región prioritaria para recibir apoyo.

(2) El 17 de mayo de 2018, en la cumbre UE-Balcanes Occidentales en Sofía, los dirigentes de la UE aprobaron la Declaración de Sofía, a la que se sumaron los socios de los Balcanes Occidentales, y en la que se incluye el compromiso de incrementar considerablemente la cooperación operativa en la lucha contra la delincuencia organizada internacional en ámbitos prioritarios tales como las armas de fuego, las drogas, el tráfico ilícito de migrantes y la trata de seres humanos.

(3) La región de los Balcanes Occidentales sigue siendo una de las fuentes de tráfico ilícito de armas en la Unión.

(4) El 13 de junio de 2018, la Comisión y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alta Representante») presentaron una Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo sobre elementos para una estrategia de la UE contra las armas de fuego y las APAL ilícitas y sus municiones, titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos».

(5) El 10 de julio de 2018, el Reino Unido albergó en Londres la quinta Cumbre de los Balcanes Occidentales, que adoptó la «la Hoja de ruta regional para una solución sostenible a la posesión ilegal, uso indebido y tráfico de APAL/armas de fuego y sus municiones en los Balcanes Occidentales para 2024» (en lo sucesivo, «hoja de ruta»), que había sido elaborada por las comisiones APAL de los Balcanes Occidentalesen el marco de la iniciativa de coordinación franco-alemana de donantes contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales. Dichas comisiones están elaborando sus planes de acción para la aplicación de la hoja de ruta.

(6) En la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, adoptada el 25 de septiembre de 2015, se afirma que el desarrollo sostenible no puede hacerse realidad sin que haya paz y seguridad y que las corrientes de armas ilícitas se encuentran entre los factores que generan violencia, inseguridad e injusticias.

(7) En la tercera Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, celebrada en junio de 2018, los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a reforzar las alianzas y la cooperación en todos los niveles para la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de APAL, así como a fomentar y reforzar la cooperación fronteriza y la coordinación regional y subregional.

(8) Los objetivos de la hoja de ruta acordados por los socios de los Balcanes Occidentales son coherentes con los esfuerzos realizados en la Unión y en las Naciones Unidas para combatir la acumulación y el tráfico ilícitos de APAL y de sus municiones. Por consiguiente, la Unión debe apoyar a los Balcanes Occidentales en la aplicación de la hoja de ruta.

(9) El Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (SEESAC), que se estableció en Belgrado en 2002 y actúa bajo el mandato conjunto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Consejo de Cooperación Regional -sucesor del Pacto de Estabilidad para Europa Sudoriental-, asiste a las partes interesadas de ámbito nacional y regional en el control y la reducción de la difusión y la utilización ilícita de APAL y de sus municiones, contribuyendo así a mejorar la estabilidad, la seguridad y el desarrollo en Europa Sudoriental y Oriental. El SEESAC insiste particularmente en el desarrollo de proyectos regionales para afrontar la realidad de los flujos de armas transfronterizos.

(10) La Unión apoyó anteriormente al SEESAC mediante la Decisión 2002/842/PESC del Consejo (1) -prorrogada y modificada por las Decisiones 2003/807/PESC (2) y 2004/791/PESC (3) del Consejo- y mediante la Decisión 2010/179/PESC del Consejo (4), la Decisión 2013/730/PESC del Consejo (5) -prorrogada por la Decisión (PESC) 2015/2051 del Consejo (6)- y la Decisión (PESC) 2016/2356 del Consejo (7). El acuerdo celebrado en virtud de la Decisión (PESC) 2016/2356 expira el 29 de diciembre de 2019.

(11) La Unión considera al SEESAC como el socio privilegiado en la aplicación de la hoja de ruta en los Balcanes Occidentales, debido a su probada experiencia y a su red de contactos, la calidad contrastada de su trabajo y su papel coordinador en la preparación de la hoja de ruta.

(12) Además, con la actuación de la Unión se debe prestar apoyo a la lucha contra el tráfico ilícito de armas en la República de Moldavia, Ucrania y Bielorrusia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

  1. Con el fin de combatir el tráfico ilícito de armas de fuego y de armas pequeñas y ligeras (APAL) en los Balcanes Occidentales y de reducir el riesgo de las armas ilegales que entran en la Unión desde de la región de los Balcanes Occidentales, la Unión prestará apoyo a sus socios de los Balcanes Occidentales en la aplicación de la hoja de ruta regional para una solución sostenible a la posesión ilegal, uso indebido y tráfico de APAL/armas de fuego y sus municiones en los Balcanes Occidentales para 2024, a la vez que procurará recabar el apoyo de sus socios de los Balcanes Occidentales en la consecución de los objetivos de dicha hoja de ruta, a saber (8):

    1) de aquí a 2023, garantizar la existencia de una legislación en materia de control de armas que esté plenamente armonizada con el marco reglamentario de la Unión y con otras obligaciones internacionales conexas y normalizada en toda la región;

    2) de aquí a 2024, garantizar que las políticas y prácticas de control de armas en los Balcanes Occidentales se basen en pruebas y en la información los servicios de inteligencia;

    3) de aquí a 2024, reducir significativamente los flujos ilícitos de armas de fuego, municiones y explosivos que circulan hacia, dentro de o desde los Balcanes Occidentales;

    4) de aquí a 2024, reducir de forma significativa la oferta, la demanda y el uso indebido de armas de fuego mediante una mayor concienciación, educación, divulgación y sensibilización respecto a esta cuestión;

    5) de aquí a 2024, reducir sustancialmente el número de armas de fuego poseídas de forma ilícita en los Balcanes Occidentales;

    6) llevar a cabo una reducción sistemática de excedentes y la destrucción de las armas pequeñas y ligeras y sus municiones incautadas;

    7) llevar a cabo una disminución significativa del riesgo de proliferación y desvío de armas de fuego, municiones y explosivos.

  2. Además de los objetivos mencionados en el apartado 1, con la actuación de la Unión prestará apoyo a la lucha contra el tráfico ilícito de armas en la República de Moldavia, Ucrania y Bielorrusia.

  3. A fin de alcanzar los objetivos mencionados en los apartados 1 y 2, la Unión, en virtud de la presente Decisión:

    1. apoyará la coordinación y la supervisión de la aplicación de la hoja de ruta para una solución sostenible a la posesión ilegal, el uso indebido y el tráfico de APAL/armas de fuego y sus municiones en los Balcanes Occidentales;

    2. ayudará a las autoridades de los Balcanes Occidentales a armonizar plenamente su legislación en materia de control de armas con el marco reglamentario de la Unión y con otras obligaciones internacionales conexas; y

    3. prestará apoyo a la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales, la República de Moldavia, Ucrania y Bielorrusia mediante evaluaciones de capacidad y asistencia técnica a los cuerpos y fuerzas de seguridad y a las autoridades policiales de fronteras.

  4. El ámbito geográfico del proyecto lo constituyen los Balcanes Occidentales y su beneficiarios directos son Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo (*1), Montenegro, Serbia y la Antigua República Yugoslava de Macedonia. El proyecto tratará además de seguir apoyando a la República de Moldavia, Ucrania y Bielorrusia, con problemas similares en materia de control de APAL, mediante la transferencia de conocimientos y de la experiencia adquirida y las mejores prácticas aplicadas en los Balcanes Occidentales desde 2001.

  5. Las acciones derivadas de la presente Decisión se basarán en lo logrado en el marco de las Decisiones anteriores del Consejo en apoyo del SEESAC.

  6. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.

  7. La Alta Representante será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

  8. La ejecución técnica del proyecto a que se hace referencia en el artículo 1 correrá a cargo del SEESAC, de ser necesario en coordinación con el líder de acción de la plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas (EMPACT) Armas de fuego.

  9. El SEESAC desempeñará sus funciones bajo la responsabilidad de la Alta Representante. A tal fin, la Alta Representante suscribirá los acuerdos necesarios con el PNUD, que actuará en nombre del...

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