Decisión de la Comisión, de 10 de septiembre de 2008, por la que se modifican las Decisiones 2001/881/CE y 2002/459/CE en lo relativo a la lista de puestos de inspección fronterizos [notificada con el número C(2008) 4861] (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 10 de septiembre de 2008 por la que se modifican las Decisiones 2001/881/CE y 2002/459/CE en lo relativo a la lista de puestos de inspección fronterizos [notificada con el número C(2008) 4861] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2008/807/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1 ), y, en particular, su artículo 20, apartado 3,

Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (2 ), y, en particular, su artículo 6, apartado 4, párrafo segundo,

Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países (3), y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2001/881/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2001, por la que se establece una lista de los puestos de inspección fronterizos que están autorizados para el control veterinario de los animales y productos animales procedentes de terceros países y por la que se actualizan las disposiciones de aplicación de los controles que deben efectuar los expertos de la Comisión (4 ), establece una lista de puestos de inspección fronterizos para el control veterinario de los animales vivos y los productos de origen animal introducidos en la Comunidad a partir de terceros países, que figura en el anexo de dicha Decisión (en lo sucesivo, 'la lista de puestos de inspección fronterizos').

(2) En la lista de puestos de inspección fronterizos figura el número de unidad Traces de cada puesto de inspección fronterizo. Traces es un sistema informático que se introdujo en virtud de la Decisión 2004/292/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, relativa a la aplicación del sistema Traces y por la que se modifica la Decisión 92/ 486/CEE (5 ). Traces reemplaza al sistema anterior, Animo, basado en la red que se introdujo mediante la Decisión 91/ 398/CEE de la Comisión, de 19 de julio de 1991, relativa a una red informatizada de enlace entre autoridades veterinarias (Animo) (6), en lo que se refiere al seguimiento de los desplazamientos de animales y de determinados productos en los intercambios intracomunitarios y en las importaciones.

(3) A raíz de los resultados satisfactorios de una inspección efectuada de conformidad con la Decisión 2001/881/CE, debe añadirse a la lista de puestos de inspección fronterizos el puesto de inspección fronterizo de Brindisi, en Italia.

(4) A raíz de una comunicación de Portugal, el puesto de inspección fronterizo de Praia da Vitória (Azores) debe suprimirse de la lista de puestos de inspección fronterizos y el puesto de inspección fronterizo del puerto de Funchal (Madeira) debe sustituirse por el puesto de inspección fronterizo de Caniçal (Madeira) previsto en el anexo de la Decisión 2001/881/CE.

(5) Además, a raíz de la información comunicada por Francia,

Alemania, Italia, los Países Bajos, Portugal y el Reino Unido, es preciso actualizar la lista de puestos de inspección fronterizos correspondientes a estos Estados miembros a fin de tener en cuenta recientes cambios relativos a los centros de inspección y las categorías de animales o productos que pueden controlarse en determinados puestos de inspección fronterizos ya autorizados de conformidad con la Decisión 2001/881/CE, y a la organización de los centros de inspección en dichos puestos.

(6) El número de unidad Traces de cada puesto de inspección fronterizo de la Comunidad figura en la lista de las unidades de la Decisión 2002/459/CE de la Comisión, de 4 de junio de 2002, por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada Animo y se deroga la Decisión 2000/ 287/CE (7 ). En aras de la coherencia de la legislación comunitaria, procede actualizar dicha lista en consecuencia para tener en cuenta las modificaciones que deben introducirse en el anexo de la Decisión 2001/881/CE, a fin de que la información contenida en ambos anexos sea idéntica.

(7) Procede, por tanto, modificar las Decisiones 2001/881/CE y 2002/459/CE en consecuencia.

(8) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

L 284/32 ES Diario Oficial de la Unión Europea 28.10.2008 (1 ) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2 ) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56.

(3 ) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9.

(4 ) DO L 326 de 11.12.2001, p. 44.

(5 ) DO L 94 de 31.3.2004, p. 63.

(6 ) DO L 221 de 9.8.1991, p. 30.

(7 ) DO L 159 de 17.6.2002, p. 27.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2001/881/CE se sustituye por el texto que figura en el anexo I de la presente Decisión.

Artículo 2

El anexo de la Decisión 2002/459/CE queda modificado de conformidad con el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT