Decisión de Ejecución de la Comisión, de 26 de octubre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces [notificada con el número C(2011) 7564]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

28.10.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 281/29

ES

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 26 de octubre de 2011

por la que se modifica la Decisión 2009/821/CE en lo relativo a las listas de puestos de inspección fronterizos y unidades veterinarias de Traces

[notificada con el número C(2011) 7564]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/707/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior

( 1

), y, en particular, su artículo 20, apartados 1 y 3,

Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE

( 2

), y, en particular, su artículo 6, apartado 4, párrafo segundo, segunda frase,

Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países

( 3

), y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2009/821/CE de la Comisión, de 28 de septiembre de 2009, por la que se establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados y se disponen determinadas normas sobre las inspecciones efectuadas por los expertos veterinarios de la Comisión, así como las unidades veterinarias de Traces

( 4 ), establece una lista de puestos de inspección fronterizos autorizados de conformidad con las Directivas 91/496/CEE y 97/78/CE. Esta lista figura en el anexo I de dicha Decisión.

(2) A raíz de una comunicación de Bélgica, en la lista de entradas de los centros de inspección Avia Partner y Swiss Port del puesto de inspección fronterizo del aeropuerto de Bruselas-Zaventem, debe ampliarse la autorización a todos los productos embalados destinados al consumo humano. La lista de entradas correspondientes a este Estado miembro que figura en el anexo I de la Decisión 2009/821/CE debe modificarse en consecuencia.

(3) Dinamarca ha comunicado que el nombre del puesto de inspección fronterizo del puerto de Århus debe escribirse como «Aarhus». La lista de puestos de inspección fronterizos correspondientes a este Estado miembro debe modificarse en consecuencia.

(4) A raíz de una inspección con resultados satisfactorios realizada por la Oficina Alimentaria y Veterinaria (los servicios de inspección de la Comisión), habría que añadir un puesto de inspección fronterizo adicional de ferrocarril en Koidula, Estonia, a la...

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