Introduccion

AuthorMercedes Murillo Muñoz
Pages23-30

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"...hasta hoy, todo lo que el Hombre sabe de sí, se la ha contado él a sí mismo."

(A. Oliver).

¿Y qué es lo que los hombres nos hemos contado hasta hoy acerca de la pareja? Es más, cuando hablamos de pareja ¿de qué estamos realmente hablando? Es esta, sin duda, una realidad en transformación en el mundo de hoy en día y creo oportuno preguntarse acerca de tales cambios y del reflejo que jurídicamente están teniendo o deberían tener. ¿Es el matrimonio la única forma de pareja jurídicamente reconocible? ¿Es la pareja heterosexual la única admisible? ¿Cuál puede ser el futuro de la institución matrimonial conocida en el Derecho europeo como fruto secularizado del matrimonio canónico? ¿Se abre una nueva etapa en la regulación jurídica de la convivencia en pareja? Tanto los datos sociológicos como legislativos que se están produciendo en Europa en los últimos años parecen indicarlo así y desde distintos ámbitos se ofrecen reflexiones sobre el modelo de matrimonio-convivencia en la sociedad actual que, obviamente, no escapan a las influencias ideológicas, religiosas, culturales o jurídicas de quienes las formulan.

Efectivamente, en los últimos años tanto sociológica como doctrinalmente, se observan movimientos que reclaman cambios legislativos en las regulaciones del matrimonio que aligeren su carga institucional, en particular lo relativo a los procesos de disolución del vínculo; que se equiparen al matrimonio las llamadas uniones de hecho; o que se permita el matrimonio de homosexuales. Frente a estos postulados, se advierte también una significativa reacción desde distintos ámbitos intelectuales y religiosos, especialmente canónicos, que reivindican el concepto tradicional de matrimonio considerando que es la fórmula que mejor encaja con la naturaleza y dignidad de la persona. En este sentido se afirma que el matrimonio no es un concepto legal sino natural justamente para evitar que el amparo legal a formas de uniones diferentes contamine el concepto de matrimonio: "estos sistemas acaban dando el calificativo dePage 24 matrimonio a todo un conjunto de uniones extraordinariamente diversas y contradictorias, que tienen poco que ver con el estricto sentido natural de la unión conyugal. Como resultado se difumina el sentido natural y estricto de matrimonio y se termina integrando, bajo el nombre puramente legal de matrimonio, toda una serie de fórmulas sexuales cuyo único denominador común reside en que las partes "han pasado por el juez" y tienen un certificado legal"1. La afirmación de que el matrimonio es una unión natural significa que "se entregan lo natural. Es decir, pactan una unión entre varón y mujer perpetua y exclusivamente debida y orientada a la fecundidad humana. Lo natural es la unión, no el encuentro pasajero insolidario. Lo natural es la unión entre el hombre y la mujer, es decir lo conyugal; no la homosexualidad, el lesbianismo o el bestialismo. Lo natural es la perpetuidad del "para siempre"; no la poligamia, la poliandria, la promiscuidad, la comuna, el flirt. Y lo natural es la apertura de la comunidad conyugal, de la mutua ayuda y compenetración y de la sexualidad a una procreación y educación integrales de nuevos hombres; no la pareja cerrada sobre sí misma y opaca a los hijos. Este es el contenido natural del pacto o alianza matrimonial"2. Pero más aún, se afirma que siendo ésta la naturaleza propia del matrimonio, tal concepto no es privativo del matrimonio canónico: "el matrimonio que propone la Iglesia no es una institución eclesiástica, ni un producto religioso elaborado sólo para los propios creyentes. (...) Una nueva recuperación de la verdad de la naturaleza humana, a la luz cristológica, se impone en la reconsideración de la naturalidad del matrimonio, como unión inscrita en la verdadera naturaleza humana. (....) La expresión canónica del matrimonio debe retomar su vocación universal, como manifestación de la unión conyugal...

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