Decisión de la Comisión, de 8 de mayo de 2003, por la que se modifica la Decisión 2003/290/CE relativa a las medidas de protección contra la influenza aviar en los Países Bajos  

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 8 de mayo de 2003 por la que se modifica la Decisión 2003/290/CE relativa a las medidas de protección contra la influenza aviar en los Países Bajos [notificada con el número C(2003) 1556] (El texto en lengua neerlandesa es el único auténtico) (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/318/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2),

y, en particular, su artículo 10,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (4), y, en particular, su artículo 9,

Vista la Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen lasnormas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (5) y, en particular, los apartados 1 y 3 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) Desde el 28 de febrero de 2003, los Países Bajos han declarado la existencia de varios focos de influenza aviar altamente patógena.

(2) Los Países Bajos, sin esperar la confirmación oficial de la enfermedad, tomaron medidasinmediatas según contempla la Directiva 92/40/CEE del Consejo, de 19 de mayo de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la influenza aviar (6), modificada por el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia.

(3) En aras de la claridad y la transparencia, y una vez consultadas las autoridades de los Países Bajos, la Comisión adoptó la Decisión 2003/153/CE, de 3 de marzo de 2003, por la que se establecen medidas de protección ante la fuerte sospecha de influenza aviar en los Países Bajos (7), reforzando así las medidas adoptadas por el citado país.

(4) Posteriormente, tras consultar con las autoridades de los Países Bajos y evaluar la situación con todos los Estados miembros, se adoptaron las Decisiones 2...

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