Reglamento (CE) nº 1812/2003 de la Comisión, de 15 de octubre de 2003, que modifica y rectifica el Reglamento (CE) nº 43/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nos 1452/2001, 1453/2001 y 1454/2001 del Consejo en lo relativo a las ayudas en favor de la producción local de productos vegetales en las...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1812/2003 DE LA COMISIÓN de 15 de octubre de 2003 que modifica y rectifica el Reglamento (CE) no 43/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nos 1452/2001, 1453/2001 y 1454/2001 del Consejo en lo relativo a las ayudas en favor de la producción local de productos vegetales en las regiones ultraperiféricas de la Unión LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1452/2001 del Consejo, de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas en favor de los departamentos franceses de ultramar en relación con determinados productos agrícolas, por el que se modifica la Directiva 72/462/CEE y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 525/77 y (CEE) no 3763/91 (Poseidom) (1 ) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 12 y el apartado 7 de su artículo 15,

Visto el Reglamento (CE) no 1453/2001 del Consejo, de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas en favor de las Azores y Madeira en relación con determinados productos agrícolas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 1600/92 (Poseima) (2 ) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5,

Visto el Reglamento (CE) no 1454/2001 del Consejo, de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas en favor de las Islas Canarias en relación con determinados productos agrícolas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 1601/92 (Poseican) (3 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1922/2002 de la Comisión (4 ),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 43/2003 de la Comisión (5 ), modificado por el Reglamento (CE) no 995/2003 (6 ), fija los importes y las condiciones para la concesión de las ayudas a la comercialización local y a la comercialización 'fuera de la región de producción' de los productos a los que se hace referencia en el apartado 1 de los artículos 12 y 15 del Reglamento (CE) no 1452/2001.

(2) Los agentes económicos autorizados que deseen participar en el régimen de ayuda en favor de la comercialización local de frutas y hortalizas deben asumir los compromisos indicados en el apartado 2 del artículo 42.

Para tener en cuenta las prácticas contables de dichos agentes económicos, resulta necesario adaptar los documentos que deben llevarse para permitir los controles de las autoridades competentes.

(3) Por lo que se...

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