Reglamento (CE) nº 1043/2001 de la Comisión, de 30 de mayo de 2001, que modifica los Reglamentos (CE) nos 1431/94, 1474/95, 1866/95, 1251/96, 2497/96, 1899/97, 1396/98 y 704/1999, por los que se establecen las disposiciones de aplicación de determinados contingentes arancelarios comunitarios en los sectores de los huevos y la carne de aves de...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 31.5.2001L 145/24

REGLAMENTO (CE) No 1043/2001 DE LA COMISIÓN de 30 de mayo de 2001 que modifica los Reglamentos (CE) nos 1431/94, 1474/95, 1866/95, 1251/96, 2497/96, 1899/97, 1396/98 y 704/1999, por los que se establecen las disposiciones de aplicación de determinados contingentes arancelarios comunitarios en los sectores de los huevos y la carne de aves de corral LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2771/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los huevos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1516/96 de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3, el apartado 1 de su artículo 6 y su artículo 15,

Visto el Reglamento (CEE) no 2777/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de aves de corral (3 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2916/95 de la Comisión (4), y, en particular, su artículo 15,

Visto el Reglamento (CEE) no 2783/75 del Consejo, de 29 de octubre de 1975, relativo al régimen de intercambios para la ovoalbúmina y la lactoalbúmina (5 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2916/95, y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2, el apartado 1 de su artículo 4 y su artículo 10,

Visto el Reglamento (CE) no 774/94 del Consejo, de 29 de marzo de 1994, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios de carne de vacuno de calidad superior, carne de porcino, carne de aves de corral, trigo, tranquillón, salvado, moyuelos y otros residuos (6 ), modificado por el Reglamento (CE) no 2198/95 de la Comisión (7), y, en particular, su artículo 7,

Visto el Reglamento (CE) no 1095/96 del Consejo, de 18 de junio de 1996, relativo a la aplicación de las concesiones que figuran en la lista CXL elaborada a raíz de la conclusión de las negociaciones enmarcadas en el apartado 6 del artículo XXIV del GATT (8) y, en particular, su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) no 1706/98 del Consejo, de 20 de julio de 1998, por el que se establece el régimen aplicable a los productos agrícolas y a las mercancías resultantes de su transformación originarios de los Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) y se deroga el Reglamento (CEE) no 715/90 (9 ), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 30,

Visto el Reglamento (CE) no 1349/2000 del Consejo, de 19 de junio de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Estonia (10), modificado por el Reglamento (CE) no 2677/2000 (11 ), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) no 1727/2000 del Consejo, de 31 de julio de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Hungría (12) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) no 2290/2000 del Consejo, de 9 de octubre de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con la República de Bulgaria (13) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) no 2341/2000 del Consejo, de 17 de octubre de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas y, con carácter autónomo y transitorio, el ajuste de determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con la República de Letonia (14 ) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Visto el Reglamento (CE) no 2433/2000 del Consejo, de 17 de octubre de 2000, por el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios...

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