Decisión de la Comisión, de 13 de enero de 2017, relativa al nombramiento de varios miembros del Consejo Científico del Consejo Europeo de Investigación

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

14.1.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 13/2

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión 2013/743/UE del Consejo, de 3 de diciembre de 2013, por la que se establece el Programa Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020 — Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y se derogan las Decisiones 2006/971/CE, 2006/972/CE, 2006/973/CE, 2006/974/CE y 2006/975/CE (1), y en particular su artículo 7, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión C(2013) 8915 (2) [modificada posteriormente por la Decisión C(2015)58 (3)], la Comisión estableció el Consejo Europeo de Investigación (CEI) para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020, como medio de ejecución de las acciones previstas en la parte I, «Ciencia excelente», relacionadas con el objetivo específico «Consejo Europeo de Investigación (CEI)» a que se refiere el artículo 3, apartado 1, letra a), de la Decisión 2013/743/UE.

(2) El CEI está constituido por el Consejo Científico independiente previsto en el artículo 7 de la Decisión 2013/743/UE y por la estructura de ejecución específica prevista en el artículo 8 de esa misma Decisión.

(3) De conformidad con el artículo 2, apartado 1, de la Decisión C(2013) 8915, el Consejo Científico está compuesto por el Presidente del CEI y 21 miembros.

(4) Según lo dispuesto en el artículo 7, apartado 1, párrafo tercero, de la Decisión 2013/743/UE, los miembros del Consejo Científico son nombrados por un período máximo de cuatro años, renovable una vez. Su nombramiento debe llevarse a cabo de manera que se garantice la continuidad de los trabajos del Consejo Científico.

(5) El segundo mandato de un miembro del Consejo Científico expirará próximamente.

(6) El primer mandato de siete miembros del Consejo Científico expirará próximamente, y en tres de los casos no se va a renovar.

(7) De conformidad con el artículo 7, apartado 1, párrafo segundo, de la Decisión 2013/743/UE, los miembros del Consejo Científico son nombrados por la Comisión tras un procedimiento de selección independiente y transparente, convenido con el Consejo Científico, que incluye la consulta a la comunidad científica y la presentación de un informe al Parlamento Europeo y al Consejo. A tal efecto, se creó un Comité permanente para seleccionar a los miembros del Consejo Científico del Consejo Europeo de Investigación. Dicho Comité formuló recomendaciones a...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT