Decisión del Comité Mixto del EEE nº 68/2006, 2 de Junio de 2006, por la que se modifica el anexo XVI (Contratos públicos) del Acuerdo EEE

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Issuing OrganizationComité Mixto

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE No 68/2006

2 de Junio de 2006 por la que se modifica el anexo XVI (Contratos públicos) del Acuerdo EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado 'el Acuerdo', y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XVI del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 81/2004 del Comité Mixto del EEE de 8 de junio de 2004 (1).

(2) La Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (2), rectificada en el DO L 358 de 3.12.2004, p. 35, debe incorporarse al Acuerdo.

(3) La Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (3), rectificada en el DO L 351 de 26.11.2004, p. 44, debe incorporarse al Acuerdo.

(4) El Reglamento (CE) no 1874/2004 de la Comisión, de 28 de octubre de 2004, por el que se modifica las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que concierne a sus umbrales de aplicación en materia de procedimientos de adjudicación de contratos (4), debe incorporarse al Acuerdo.

(5) La Decisión 2005/15/CE de la Comisión, de 7 de enero de 2005, relativa a las modalidades de aplicación del procedimiento previsto en el artículo 30 de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (5), debe incorporarse al Acuerdo.

(6) El Reglamento (CE) no 1564/2005 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005, por el que se establecen los formularios normalizados para la publicación de anuncios en el marco de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos con arreglo a las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (6), debe incorporarse al Acuerdo.

(7) La Directiva 2005/51/CE de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005, por la que se modifican el anexo XX de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el anexo VIII de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre contratación pública (7), debe incorporarse al Acuerdo.

(8) La Directiva 2004/17/CE deroga la Directiva 93/38/CEE (8) del Consejo, incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(9) La Directiva 2004/18/CE deroga las Directivas 93/36/CEE (9) y 93/37/CEE (10) del Consejo, incorporadas al Acuerdo, y que, en consecuencia, deben suprimirse del mismo.

(1) DO L 349 de 25.11.2004, p. 38.

(2) DO L 134 de 30.4.2004, p. 1, rectificada en el DO L 358 de 3.12.2004, p. 35.

(3) DO L 134 de 30.4.2004, p. 114, rectificada en el DO L 351 de 26.11.2004, p. 44.

(4) DO L 326 de 29.10.2004, p. 17.

(5) DO L 7 de 11.1.2005, p. 7.

(6) DO L 257 de 1.10.2005, p. 1.

(7) DO L 257 de 1.10.2005, p. 127.

(8) DO L 199 de 9.8.1993, p. 84.

(9) DO L 199 de 9.8.1993, p. 1.

(10) DO L 199 de 9.8.1993, p. 54.

L 245/22 ES Diario Oficial de la Unión Europea 7.9.2006

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XVI del Acuerdo, incluidos los Apéndices 1 a 14 de ese anexo, queda modificado de la forma especificada en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) nos 1874/2004 y 1564/2005, las Directivas 2004/17/CE, modificada en el DO L 358 de 3.12.2004, p. 35, 2004/18/CE, modificada en el DO L 351 de 26.11.2004, p. 44, y 2005/51/CE, así como la Decisión 2005/15/CE, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación efectuada al Comité Mixto del EEE de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 2 de junio de 2006.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente R. WRIGHT (*) Se han indicado preceptos constitucionales.

7.9.2006 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 245/23

ANEXO El anexo XVI del Acuerdo (Contratos públicos), incluidos los Apéndices 1 al 14 de ese anexo, queda modificado de conformidad con los artículos siguientes:

Artículo 1

La referencia a las 'Directivas 93/36/CEE, 93/37/CEE y 93/38/CEE' del apartado 1 de las adaptaciones sectoriales se sustituye por la referencia a las 'Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE'.

Artículo 2

El punto 2 (Directiva 93/37/CEE del Consejo) se sustituye por el siguiente:

'2. 32004 L 0018: Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L 134 de 30.4.2004, p. 114) rectificada en el DO L 351 de 26.11.2004, p. 44 y en el e en el DO L 329 de 16.12.2005, p. 40, modificada por:

-- 32004 R 1874: Reglamento (CE) de la Comisión no 1874/2004, de 28 de octubre de 2004 (DO L 326 de 29.10.2004, p. 17), -- 32005 L 0051: Directiva 2005/51/CE de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005 (DO L 257 de 1.10.2005, p. 127).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones de la Directiva se entenderán con arreglo a las adaptaciones siguientes:

  1. En el artículo 10 la referencia al 'artículo 296 del Tratado' se sustituirá por una referencia al 'artículo 123 del Acuerdo EEE';

  2. Los anexos III a V se completarán con los Apéndices 1 a 3 del presente anexo;

  3. Liechtenstein pondrá en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva dentro de los 18 meses siguientes a la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto por la que se incorpora la Directiva 2004/18/CE al Acuerdo EEE.'

Artículo 3

El punto 3 (Directiva 93/36/CEE del Consejo) se suprime.

Artículo 4

El texto del punto 4 (Directiva 93/38/CEE del Consejo) se sustituye por el texto siguiente:

'4. 32004 L 0017: Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (DO L 134 de 30.4.2004, p. 1) rectificada en el DO L 358 de 3.12.2004, p. 35 y en el DO L 305 de 24.11.2005, p. 46, modificada por:

-- 32004 R 1874: Reglamento (CE) no 1874/2004 de la Comisión, de 28 de octubre de 2004 (DO L 326 de 29.10.2004, p. 17), --...

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