Decisión de la Comisión, de 7 de junio de 2006, por la que se modifican las Decisiones 2001/881/CE y 2002/459/CE en cuanto a la lista de puestos de inspección fronterizos  (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 7 de junio de 2006 por la que se modifican las Decisiones 2001/881/CE y 2002/459/CE en cuanto a la lista de puestos de inspección fronterizos [notificada con el número C(2006) 2178] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2006/414/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 20, apartado 3,

Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (2), y, en particular, su artículo 6, apartado 4,

Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros (3), y, en particular, su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2001/881/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2001, por la que se establece una lista de los puestos de inspección fronterizos que están autorizados para el control veterinario de los animales y productos animales procedentes de terceros países y por la que se actualizan las disposiciones de aplicación de los controles que deben efectuar los expertos de la Comisión (4), debe actualizarse para tener en cuenta, en particular, la evolución de algunos Estados miembros en relación con dichos puestos fronterizos y las inspecciones realizadas de conformidad con dicha Decisión.

(2) La lista de los puestos de inspección fronterizos establecida en la Decisión 2001/881/CE ('la lista') recoge el número de unidad Traces de cada puesto de inspección fronterizo. Traces es un sistema informático que se introdujo en virtud de la Decisión 2004/292/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, relativa a la aplicación del sistema Traces y por la que se modifica la Decisión 92/486/CEE (5). Traces reemplaza al anterior sistema, ANIMO, basado en la red introducida en virtud de la Decisión 91/398/CEE de la Comisión, de 19 de julio de 1991, relativa a una red informatizada de enlace entre autoridades veterinarias (ANIMO) (6), para seguir los desplazamientos de animales y determinados productos en los intercambios intracomunitarios y en las importaciones.

(3) A raíz de los resultados satisfactorios de una inspección efectuada de conformidad con la Decisión 2001/881/CE, procede añadir a la lista nuevos puestos de inspección fronterizos situados en Gdansk, Dorohusk y TerespolKobylany (Polonia).

(4) De resultas de la información comunicada por las autoridades competentes de Francia, España, Suecia y el Reino Unido, procede suprimir de la lista los puestos de inspección fronterizos situados en Nantes (Francia), Pasajes (España), Norrköping (Suecia) y Shoreham (Reino Unido).

ES16.6.2006 Diario Oficial de la Unión Europea L 164/27 (1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2002/33/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 315 de 19.11.2002, p. 14).

(2) DO L 268 de 24.9.1991, p. 56. Directiva modificada en último lugar por el Acta de adhesión de 2003.

(3) DO L 24 de 30.1.1998, p. 9. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 165 de 30.4.2004, p. 1. Versión corregida en el DO L 191 de 28.5.2004, p. 1).

(4) DO L 326 de 11.12.2001, p. 44. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/117/CE (DO L 53 de 23.2.2006, p. 1).

(5) DO L 94 de 31.3.2004, p. 63. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2005/515/CE (DO L 187 de 19.7.2005, p. 29).

(6) DO L 221 de 9.8.1991, p. 30.

(5) Además, es preciso actualizar la lista para tener en cuenta recientes cambios relativos a las categorías de animales o productos que pueden controlarse en una serie de puestos de inspección fronterizos ya aprobados de conformidad con la Decisión 2001/881/CE, y a la organización de centros de inspección en dichos puestos.

(6) En la lista de las unidades de la Decisión 2002/459/CE de la Comisión, de 4 de junio de 2002, por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada ANIMO y se deroga la Decisión 2000/287/CE (1), figura el número de unidad Traces de cada puesto de inspección fronterizo de la Comunidad. En aras de la coherencia de la legislación comunitaria, procede actualizar dicha lista en consecuencia para tener en cuenta los cambios y garantizar que esta sea idéntica a la establecida en la Decisión 2001/881/CE. Así pues, debe modificarse la Decisión 2002/459/CE en consecuencia.

(7) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2001/881/CE se sustituye por...

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