Decisión de la Comisión, de 30 de noviembre de 2005, por la que se modifican las Decisiones 2005/759/CE y 2005/760/CE sobre medidas para combatir la gripe aviar en aves distintas de las de corral [notificada con el número C(2005) 4663] (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

COMISIÓN

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 30 de noviembre de 2005

por la que se modifican las Decisiones 2005/759/CE y 2005/760/CE sobre medidas para combatir la gripe aviar en aves distintas de las de corral

[notificada con el número C(2005) 4663]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2005/862/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 3, Vista la Directiva 91/496/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros y por la que se modifican las Directivas 89/662/CEE, 90/425/CEE y 90/675/CEE (2), y, en particular, su artículo 18, apartado 1, Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros (3), y, en particular, su artículo 22, apartado 1, Visto el Reglamento (CE) no 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, y se modifica la Directiva 92/65/CEE del Consejo (4), y, en particular, su artículo 18, Considerando lo siguiente:

(1) La gripe aviar es una enfermedad vírica contagiosa de las aves de corral y las aves en general, causa de mortalidad y de trastornos que pueden alcanzar rápidamente unas proporciones de epizootia que, a su vez, pueden suponer una grave amenaza para la sanidad animal y la salud pública, así como reducir drásticamente la rentabilidad de la avicultura. Existe el riesgo de que el agente de la enfermedad pueda introducirse a través del comercio internacional de aves vivas distintas de las de corral, incluidas las aves que acompañan a sus dueños (aves de compañía).

(2) La Decisión 2000/666/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 2000, por la que se establecen las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria aplicables a la importación de aves distintas de las aves de corral y las condiciones de cuarentena (5), establece que los Estados miembros sólo autorizarán la importación de aves procedentes de los terceros países incluidos en la lista de miembros de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

(3) Tras detectarse la gripe aviar altamente patógena en aves importadas en cuarentena en un Estado miembro, la Comisión adoptó la Decisión 2005/759/CE, de 27 de octubre de 2005, relativa a determinadas medidas de protección contra la gripe aviar altamente patógena en algunos terceros países y al desplazamiento desde terceros países de aves acompañadas de sus propietarios (6), y la Decisión 2005/760/CE, de 27 de octubre de 2005, sobre determinadas medidas de protección en relación con la gripe aviar altamente patógena en determinados terceros países, con vistas a la importación de aves cautivas (7).

(4) En algunos países miembros de la OIE se han notificado varios casos nuevos de gripe aviar. Por lo tanto, sería conveniente ampliar la suspensión de los desplazamientos de aves de compañía y de las importaciones de otras aves desde determinadas zonas de riesgo.

ES 3.12.2005 Diario Oficial de la Unión Europea L 317/19

(1) DO L 224 de 18.8.1990...

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