Reglamento (CE) nº 516/2008 de la Comisión, de 10 de junio de 2008, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1200/2005, (CE) nº 184/2007, (CE) nº 243/2007, (CE) nº 1142/2007, (CE) nº 1380/2007 y (CE) nº 165/2008 con respecto a los términos de la autorización de determinados aditivos para la alimentación animal (1)

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 516/2008 DE LA COMISI”N de 10 de junio de 2008 por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 1200/2005, (CE) no 184/2007, (CE) no 243/2007, (CE) no 1142/2007, (CE) no 1380/2007 y (CE) no 165/2008 con respecto a los tÈrminos de la autorizaciÛn de determinados aditivos para la alimentaciÛn animal (Texto pertinente a efectos del EEE) LA COMISI”N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentaciÛn animal (1), y, en particular, su artÌculo 13, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) BASF Aktiengesellschaft ha presentado una solicitud en virtud del artÌculo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003 en la que propone modificar el nombre del titular de la autorizaciÛn con respecto a los Reglamentos (CE) no 1220/2005 (2), (CE) no 184/2007 (3), (CE) no 243/2007 (4), (CE) no 1142/2007 (5), (CE) no 1380/2007 (6) y (CE) no 165/2008 (7) de la ComisiÛn.

(2) Estos Reglamentos autorizan la utilizaciÛn de determinados aditivos. La autorizaciÛn est· vinculada al titular de la autorizaciÛn. En todos los casos, el titular de la autorizaciÛn es BASF Aktiengesellschaft.

(3) El solicitante seÒala que BASF Aktiengesellschaft pasÛ a llamarse BASF SE con efectos a partir del 14 de enero de 2008 y que BASF SE es la misma empresa y posee actualmente los derechos de comercializaciÛn de dichos aditivos. El solicitante ha presentado los documentos pertinentes para apoyar su solicitud.

(4) La propuesta de cambio de los tÈrminos de las autorizaciones tiene car·cter puramente administrativo y no implica una nueva evaluaciÛn de los aditivos en cuestiÛn. Se ha informado de la solicitud a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

(5) Para permitir al solicitante explotar sus derechos de comercializaciÛn con el nombre de BASF SE a partir del 14 de enero de 2008, es necesario modificar los tÈrminos de las autorizaciones con efectos a partir de esa fecha.

(6) Procede, por tanto, modificar los Reglamentos (CE) no 1200/2005, (CE) no 184/2007, (CE) no 243/2007, (CE) no 1142/2007, (CE) no 1380/2007 y (CE) no 165/2008 en consecuencia.

(7) Es conveniente establecer un perÌodo transitorio durante el cual puedan agotarse las existencias.

(8) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del ComitÈ permanente de la...

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